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Consulta formulada por:
¿Cómo debemos reflejar la titularidad de una guardería construida por la asociación en un terreno cedido por particulares?
30.10.07
Queremos construir una guardería en un terreno que nos han cedido por 30 años unas personas particulares. La guardería se construiría con los fondos de la asociación y los obtenidos por subvenciones o donaciones. ¿Cómo debemos reflejar la titularidad del edificio en este caso?
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
31.10.07
Pues no se si habrá expertos de Guinea Ecuatorial en este foro, pero te aconsejo que la consulta la dirijas a ellos o a la oficina consular española en ese país.
Ten en cuenta que Guinea tiene un derecho civil basado en nuestro código civil y en la costumbre tribal, por lo que habrá que estar a la legislación de dicho país para salir de dudas…
En todo caso hábrá que tener en cuenta los términos de la cesión del terreno. En la legislación Española (código civil) se trataría de un caso de accesión (art. 361 CC), como modo de adquirir la propiedad del edificio el dueño de los terrenos (así basicamente explicado, es un poco más complejo).