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Consulta formulada por:
¿Cómo debe actuar nuestra asociación respecto al Impuesto de Sociedades?
23.02.15
Hola,
He estado leyendo información por Internet del tema del impuesto de sociedades para ONGs, pero no me queda claro en qué casos hay que presentar esta información y en que casos no.
Nosotros somos una pequeña asociación (protectora de animales) que tenemos unos 100 socios, y la cuota anual apenas es de 20 euros, y es el único tipo de ingreso que recibimos ya que no tenemos patrimonio (ni alquileres, ni refugios, ni nada), creo que en estos casos no hay hacer nada especifico, pero no se si legalmente tenemos que hacer algún tramite o no… por más que leo no me aclaro…
Ah, no estamos declarados como entidad pública.
Gracias por las respuestas.
Respuestas
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24.02.15
Buenas tardes,
El impuesto de sociedades del 2014 que se presenta ahora en el 2015 no lo teneis que presentar porque no haceis actividad económica, en cambio el del 2015 que se present en el 2016 si lo teneis que presentar debido a las modificaciones que han hecho en el impuesto de sociedades ,otra cosa es que os salga a pagar o no. Con el tipo de ingresos que teneis no os saldra a pagar.
Un saludo
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com
Opinión anónima
27.02.15
Salvo mejor opinión, lo que venía definiendo hasta la fecha la obligatoriedad de presentar la declaración del Impuesto de Sociedades era el hecho de obtener RENTAS, ya fueran éstas exentas o no exentas, derivadas de la realización de una o varias actividades de naturaleza económica.
La percepción de las cuotas de los asociados no tiene la naturaleza de actividad económica.
Así pues, hasta el ejercicio 2014 (presentación de la declaración-liquidación dentro del plazo de los 25 días naturales siguientes a la fecha de aprobación de las Cuentas Anuales) pasado ´no teníais la obligación de presentar la declaración del Impuesto de Sociedades. Con la nueva legislación nos homologamos con la mayoría de países europeos desarrollados y todas las personas jurídicas (salvo las explícitamente excluidas) deberán de presentar la correspondiente declaración-liquidación.
Espero que les resulte de utilidad.
Un atento saludo,
Adolfo T Dochado
Consultor, Auditor y Formador
Respuesta del participante:
27.02.15
Muchísimas gracias por vuestras respuestas.
Es decir, a partir del año 2016 (salvo que cambie) tendríamos que presentar esto.
De cara a hacerlo el año que viene… tendríamos que hacer algún procedimiento o algo ahora? no se… realizar los recibos de socios de alguna forma (actualmente se pasan por el banco o se pagan por paypal).
Muchisimas gracias por vuestra ayuda… sin gente como vosotros las pequeñas asociaciones estaríamos muy perdidas.
Opinión anónima
28.02.15
No tenéis que declarar el impuesto de sociedades, el gobierno está a punto de rectificar para que las pequeñas asociaciones no tengan que declarar el IS
http://cincodias.com/cincodias/2015/02/26/pyme/1424966346_584015.html