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Consulta formulada por:
¿Cómo contabilizamos el ingreso por la venta de un inmueble donado cuando éste no ha sido ni contabilizado ni declarado?
29.09.15
Hola,
Hemos vendido en 2015 un inmovilizado que nos donaron en 2014 y que no habíamos ni contabilizado ni declarado como donación a Hacienda. ¿Cómo contabilizamos ahora este ingreso por la venta?
Gracias
Respuestas
Aportada por:
Tristán Enrique Vilert Alirangues
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Trabaja en:
Asesor particular
04.10.15
Buenas tardes,
Aclárame una cuestión para poder ayudarte,
¿El inmueble cómo lo habíais declarado entonces? ¿O no lo estaba de ninguna forma?
Saludos
Respuesta del participante:
05.10.15
No, no es un inmueble, es un vehículo (queríamos poner “inmovilizado” en la pregunta)
En 2014 hicimos la transferencia en tráfico a nuestro nombre, pero no se contabilizó el vehículo ni se declaró la donación.
Este año lo hemos vendido (hemos hecho la transferencia y un contrato de compraventa) y nos han ingresado el dinero por la venta (1700€).
Gracias
Aportada por:
Titulado Mercantil y Auditor de Cuentas
Trabaja en:
Asesor particular
10.10.15
Deberíais haberlo dado de alta como inmovilizado en su momento, a valor de mercado si fue donado, contrapartida subvenciones recibidas para inmovilizado.
Una vez pasado un año, practicar la amortización contable del bien, traspasar al resultado del ejercicio la parte de subvención en proporción a la amortización.
En el momento de la venta, asiento clásico de baja de inmovilizado y su amortización acumulada, por la diferencia entre el importe recibido por la venta y el valor neto contable se deberá meter un ingreso o gasto procedente de inmovilizado material. La subvención deberá traspasarse enteramente a su vez al resultado del ejercicio.
Saludos.
Aportada por:
Titulado Mercantil y Auditor de Cuentas
Trabaja en:
Asesor particular
10.10.15
Deberíais haberlo dado de alta como inmovilizado en su momento, a valor de mercado si fue donado, contrapartida subvenciones recibidas para inmovilizado.
Una vez pasado un año, practicar la amortización contable del bien, traspasar al resultado del ejercicio la parte de subvención en proporción a la amortización.
En el momento de la venta, asiento clásico de baja de inmovilizado y su amortización acumulada, por la diferencia entre el importe recibido por la venta y el valor neto contable se deberá meter un ingreso o gasto procedente de inmovilizado material. La subvención deberá traspasarse enteramente a su vez al resultado del ejercicio.
Saludos.
Respuesta del participante:
13.10.15
Sí, eso el lo que tendríamos que haber hecho en 2014 cuando nos lo donaron. el problema es que no se contabilizó el año pasado y ahora, al venderlo no tenemos en contabilidad un inmovilizado que dar de baja…
¿Se podría contabilizar sólo el ingreso por la venta, como Ingresos excepcionales, sin crear la (218)?:
1700€ (572) Banco a) (778)Ingresos excepcionales 1700€
Gracias
Opinión anónima
14.10.15
Si este año has empezado a hacer la contabilidad, pondría el inmovilizado en el asiento de apertura, como valor de posesión de la propia entidad.