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Consulta formulada por:
Cómo comenzar a vender materiales con objeto de captar fondos para los proyectos de cooperación
03.11.09
Desde la fundación se ha pensado en la posibilidad de vender algún material por ej: tarjetas de Navidad, con objeto de recoger fondos para los proyectos de cooperación.
¿Hay algún problema por que realicemos esta actividad siendo una organización sin ánimo de lucro?. ¿Deberíamos darnos de alta en Hacienda para realizar esta actividad económica?. ¿Las facturas deberíamos emitirlas con IVA?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
04.11.09
Hola Angélica;
Pienso que al tratarse de una actividad tan puntual no será necesario el alta en hacienda, ni liquidaciones de iva.
Las entregas de dinero a cambio de las tarjetas las podríais considerar como donaciones, y si hacéis cooperación internacional, las declararéis en hacienda en el mes de enero de 2010 y las personas (tanto físicas como jurídicas) podrán deducirse las cantidades en su declaración de renta.
Saludos, Eva
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
04.11.09
En principio, cualquier actividad de venta estará sujeta a IVA, debiendoos dar de alta con carácter previo en Hacienda en la obligación de presentar IVA (a través del modelo censal 036) y cumpliendo con las obligaciones inherentes a este impuesto (presentación de declaraciones trimestrales y resumen anual, llevanza de los correspondientes libros registros (de facturas emitidas y de facturas recibidas), emisión de facturas…
En cuanto a la realización de esas actividades, perfectamente lo podéis hacer aunque seáis una orgaización sin ánimo de lucro, pues las mismas ayudan al cumplimiento de vuestros fines sociales con la aportación de fondos necesarios para ello.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.