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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Francisco Arenas

Como asociación, ¿podemos poner una cantidad en un depósito bancario?

22.01.13

Hola,

Quería saber si como asociación podemos poner una cantidad en un depósito bancario, ya que es una cuantía que pretendemos no tocar durante un año. Actualmente estamos dados de baja en la obligación de presentar impuestos de IVA, IRPF, sociedades. Por ello, nos gustaría saber en qué medida esto nos afectaría y si hay un mínimo de cuantía (de intereses) al que uno se ve obligado a fiscalizar.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Buena

Aportada por:

Francisco Romero

Abogado. Asesoramiento en Fiscalidad, Contabilidad y Financiero.

Trabaja en:

Asesor particular

22.01.13

Imagino que no tenéis actividad y por esa razón no presentáis liquidación de impuestos ¿es así?
No hay problema en que hagáis un depósito bancario, que llevará su retención del 21% sobre los intereses y ya está, ¿tenéis la declaración de utilidad pública?. Salvo que fuera una cantidad muy elevada, entiendo que no hay mayor problema.
Sí es importante que tengas claro qué inversión vas a hacer, yo te aconsejaría un depósito a plazo fijo, que, aunque tenga menos rentabilidad, suele permitir liquidez en caso de necesidad salvo la merma o devolución de intereses y el importe hasta 100.000€ está cubierto por el Fondo de Garantía de Depósitos.

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#2

Respuesta del participante:

Francisco Arenas

22.01.13

Muchas gracias Francisco

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#3

Buena

Aportada por:

Aurelio Diaz-Ufano Villarejo

Asesor Contable y Fiscal

Trabaja en:

Asesor particular

23.01.13

Añado a lo que ha comentado ya Francisco que si el total de los intereses anuales supera los 2.000,00 € tendrás que tributar por ellos en el Impuesto de Sociedades. Esto es una incongruencia de la AEAT porque perfectamente ese saldo se podría aplicar al objeto social de la entidad y ser una renta exenta pero se agarran a la Ley del Impuesto de Sociedades y lo reclaman. De todas formas, como te aplicarán retención del 21 % entiendo que el resultado será cero a pagar.
Un saludo

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#4

Respuesta del participante:

Francisco Arenas

23.01.13

Gracias Aurelio. En un principio no hacemos impuesto de sociedades, ya que es una entidad pequeña y no de utilidad pública. Entiendo que los intereses que nos de, que ni mucho menos será la cantidad anterior, no conllevaría a la realización de dicho impuesto. Gracias y un saludo,

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#5

Respuesta del participante:

Francisco Arenas

23.01.13

Muchas gracias

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