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Consulta formulada por:
¿Como asociación podemos contratar a una persona?
01.09.04
Estamos pensando e contratar a una persona a tiempo parcial para que atienda la asociación y queremos saber si como asociación podemos contratar a una persona y cuáles serían los costes mínimos que nos podría suponer.
Muchas gracias
Respuestas
Aportada por:
Coordinador ONG
Trabaja en:
Asesor particular
02.09.04
Estimado Marco:
Te recomiendo que te leas la sección existente en esta misma página web, en la sección de RRHH, el punto 3. Con lo que leas te podrás hacer una idea de lo que supondrá el contratar a una persona, los costes que lleva, etc.
Un saludo.
Opinión anónima
06.09.04
En respuesta a su consulta, le informamos que, efectivamente, su asociación puede contratar uno a varios trabajadores, en calidad de entidad empleadora.-
Respecto a los costes mínimos a que usted alude, le informamos que, en caso de contratar a un trabajador, la asociación viene sujeta a las mismas obligaciones laborales que cualquier otro empresario, es decir, alta en la seguridad social, y sujeción del contrato a las condiciones establecidas en el convenio colectivo aplicable. Como cualquier otro empleador, podrá acogerse a las bonificaciones en las cotizaciones a la seguridad social si el trabajador es menor de 25 años, mayor de 45, o discapacitado.-
Esta respuesta no es vinculante.-
Respuesta del participante:
11.09.04
Lo tenéis puesto tan claro que hace falta ser torpe como yo, para no darse cuenta.
Mil gracias por vuestra respuesta y tan solo una consulta más ¿Puedo imprimir ese artículo de RRHH?
Saludos y gracias.