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Consulta formulada por:
Cómo abrir delegaciones de nuestra organización
23.09.03
Somos una ONG registrada en la Comunidad de Madrid y queremos saber cómo podríamos abrir delegaciones en toda España y si los delegados están obligados a ser socios o si hay que hacer un contrato de delegado, si se tiene que declarar la delegación en su correspondiente Comunidad Autónoma, etc.
Respuestas
Opinión anónima
24.09.03
Estimado Cristóbal:
Los trámites para abrir una delegación son los siguientes.
1º.- Adopción del acuerdo siguiendo el procedimiento establecido en los estatutos de la entidad.
2º.- Certificado emitido por el Secretario sobre dicho acuerdo.
3º:- Elevación a público del acuerdo ante notario.
4º.- Inscripción en el registro correspondiente para lo que hay que entrgar el original, una copia consultada y el escrito de comunicación.
5º.- Una vez recibido la comunicación del Registro, comunicación a las adnministraciones públicas ante la que se quiere abrir la delegación.
6º.- Cabe la posibilidad de que alguna administración establezca algún requisito adicional.
Respecto a la condición del delegado, éste no tiene porque ser socio o estar contratado. Tan sólo debería haber una carta de aceptación del cargo.
Un saludo.
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
25.09.03
A la respuesta completísima de Agustín poco he de añadir, tan sólo insistir en dos puntos: la importancia de crear un buen equipo (aunque sea pequeño) en cada lugar donde abráis delegación, con al menos una persona dedicada con regularidad. Y la comunicación, tanto externa: comunicarlo al máximo de agentes sociales -administración, otras ONG, redes, coordinadoras, etc., como interna -deberíais mantener un contacto fluido y regular con las delegaciones al menos una vez por semana y siempre que sea necesario.
Opinión anónima
25.09.03
Muy agradecido por vuestras respuestas.
Agustín, me queda una última duda: ¿cuál es el registro correspondiente al que te refieres?.
Gracias.
Cristóbal
Opinión anónima
06.10.03
Estimado Cristóbal,
El registro al que hacía referencia es el del Ministerio del Interior, en el caso de Asociaciones, o el Registro de Fundaciones en el caso de que esta sea la fórmula jurídica de la organización.
Un saludo,
Agustín de Asís
Respuesta del participante:
07.10.03
Perdón que os moleste de nuevo. ¿Se puede ir al Notario y decir que se abrirán delegaciones en todas las poblaciones?. Así sólo hay que ir una vez al notario y no cada vez por delegación.
Independientemente, supongo que el registro será de Asociaciones de la Comunidad de Madrid, pues no la hemos registrado directamente y todavía en el Mº del Interior, (Que no sabemos si en ese caso será obligatorio).
Atte. Balín
P.D. Atended primero las que sean más urgentes y os lo agradecemos de todo corazón.