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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Abderrahim Mohamed Hammu

¿Cometemos una infracción si en lugar de pagar deudas seguimos con nuestras actividades?

29.05.12

Debemos cierta cantidad a la seguridad social. Nuestra cuenta bancaria está embargada.

Con el fin de no paralizar nuestras actividades, acabamos de organizar un congreso en Marruecos. La gente pagó directamente en mano las cuotas de su viaje.

Nosotros por nuestra parte entregamos dichas sumas en mano a la agencia de viajes. El dinero íntegramente fue a parar a la agencia de viajes.

¿Cometemos alguna infracción con esta actuación? ¿Nos pueden demandar ya que lo primero que debímos de haber fue saldar la deuda con hacienda y la seguridad social?

Gracias de antemano.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José María Taberné Abad

Ex abogado ejerciente, MSc Development Admin & Planning, Consultor

Trabaja en:

Asesor particular

21.06.12

Hola,

La pregunta es un poquito ingenua ya que versa sobre la posibilidad de que se haya producido un alzamiento de bienes, que en realidad fueron dineros que no eran de la asociación sino de las personas que querían inscribirse para acudir al congreso en Marruecos. No creo que nadie sea tan iluso como para demandaros por esto y menos los dos acreedores que mencionas, que siguen un procedimiento reglado con una secuencia de notificaciones y plazos.

Si quisiérais dar una explicación informal a quienquiera os preguntara, acaso bastaría con decir que la agencia de viajes prefería cobrar en metálico, cosa muy natural por otra parte en los tiempos que corren.

Saludos JMT

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#2

Aportada por:

Juan Manuel Martínez García

Abogado.

Trabaja en:

Asesor particular

21.06.12

Buenas,

El tener deudas no implica el que un organismo deba de abandonar sus actividades, más aún cuando parece ser que esos gastos no han salido de los fondos del organismo sino de los socios participantes.

Indudablemente las deudas hay que pagarlas pero la mejor forma de pagarlas es manteniendo la actividad del organismo, haciendo un plan ordenado de pagos y actividades destinadas a recaudar fondos para el mantenimiento de la asociación y para el pago de las deudas.

El objetivo de un concurso de acreedores (aunque no sea éste el caso) no es cerrar y finiquitar la actividad sino dar una última oportunidad para su recuperación y su posible supervivencia.

Un saludo

solucionesong.org
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