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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Ana Maria Buitrago Borrás

Comercialización de productos de cooperativas latinoamericanas

02.06.10

Como ONG, ¿es posible comercializar productos producidos por cooperativas de Latinoamérica? Si es así, ¿qué requisitos se necesitan para ello?.


Muchas gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Albert Figa Batallé

Asesor legal y contable de ENLs www.riberetaverda.org

Trabaja en:

Asesor particular

04.06.10

Buenos días Ana María,


Entiendo que sí se puede. Lo único que hay que hacer es traer los productos. No sé si pretendéis traer muchos productos o traelos poco a poco con vuestros viajes. Si son grandes cantidades supongo que lo traeríais en contenedores por vía marítima. Depende de la opción, la situación cambia mucho.


Sean pequeñas o grandes cantidades, tendréis que modificar vuestro modelo 036 y añadir el epígrafe correspondiente para la venta de estos productos.


Espero que os sirva la opinión,


Albert Figa

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#2

Opinión anónima

04.06.10

 Una reciente sentencia del Tribunal Supremo español admitió la realización de estas operaciones en régimen de libre práctica, es decir, una vez que hayan sido comercializados en alguno de los países del espacio europeo con el consentimiento del titular.


"Times New Roman";color:#333333”>Por su parte, las Cámaras de Comercio han mostrado su satisfacción por el fallo del TJCE, que impide la venta de productos procedentes de otras partes del mundo que no han pasado los correspondientes controles de salud y sanidad. También es importante saber del país que vienen y el producto, para ver que aranceles paga. Necesitaría esos datos. Un saludo. Ramón 

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#3

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

06.06.10

 

               Estimada Ana María: en relación con la consulta establecida, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, para dar una respuesta adecuada al efecto, entiendo, tal como señala mi compañero de portal Ramón, que debería saberse de qué Estados  se exportaran los productos producidos por Cooperativas a España, e, igualmente, por la distribución de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas en materia de comercio, a qué punto de la geografía española se exportará, es decir, si a una Comunidades Autónomas, o, en su caso, a varias.
                Asimismo, deberá tenerse en cuenta también respecto a la pretensión de consulta, tanto la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Comunidad Europea como tratados internacionales  multilaterales o bilaterales, en los que sea parte España, así como  el país exportador, junto con las normas de Derecho internacional privado.
                A la espera de concreción, reciba un cordial saludo.
                Rafael Pérez Castillo.
                rperezcastillo@gmail.colm
solucionesong.org
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