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Consulta formulada por:
Cobro de IGIC (IVA canario) por impartición de cursos de formación
02.12.09
Somos una ONG Canaria y vamos a impartir cursos de formación. ¿Hemos de cobrar el IGIC (IVA canario) a los alumnos?. ¿Pagamos impuestos a la AEAT por estos ingresos?.
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Asesora voluntaria
Trabaja en:
Asesor particular
03.12.09
Hola Sonia;
Deberíais daros de alta en el IAE mediante modelo 036 en el epigrafe de formación que mejor se aproxime al tipo de formación que vayáis a impartir.
De ser así, tendríais que facturar con IGIC a los alumnos y trimestralmente hacer la declaración de iva, y el resumen anual.
Si se trata de una actividad formativa puntual y esporádica tal vez no sea necesario hacer todos los trámites anteriores puesto que una vez terminada esta habría que dar de baja de nuevo
Como mejor consideréis, desde luego, la formación salvo determinadas excepciones, lleva IVA ó IGIC
Saludos, Eva
Aportada por:
Asesor ENL fiscal y laboral. Graduado Social. Máster Asesoría Fiscalwww.viaasesores.com
Trabaja en:
Asesor particular
03.12.09
Los cursos de formación salvo en contadas excepciones están exentos de tributar por IVA o similar, en este caso IGIC, hay excepciones como digo, pero lo normal, cuando la formación va referida a formación profesional o cualquier otra relativa a enseñanzas contenidas en cualquiera de los niveles educativos oficiales, es que tenga exención total.
En cualquier caso habría que ir al caso particular para analizarlo y sobre todo ver la particular normativa del IGIC en tanto en cuanto pueda diferir del IVA comunitario en algún punto concreto.
Un saludo,