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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Sonia Gil

Cesión de espacio gratuito para un despacho

21.04.10

Una empresa privada colaboradora de la ONG, nos quiere ceder un espacio de manera gratuita dentro de sus oficinas y autorizarnos a utilizar parte de sus instalaciones para actividades SIN ÁNIMO DE LUCRO. Sería un despacho para dos mesas.


Se nos plantean varias preguntas:


1. ¿Cómo tendríamos que formalizar el contrato?, ¿qué cláusulas imprescindibles tendría que contener?
2. ¿Habría que suscribir algún tipo de seguro de responsabilidad civil?


Muchísimas gracias


SONIA GIL
ADMINISTRACIÓN
ARTS, CULTURA Y DESARROLLO

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Respuestas

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#1

Muy buena

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

22.04.10

Hola es cesión de uso de una parte de vivienda destinada a oficina/negocio por tanto no a su propiedad.


En el contrato tendrá que constar como partes principales a parte de vuestros datos, la parte que se cede, el valor catastral, los metros cuadrados que se ceden, que el cecente no va a recibir ninguna contraprestación a cambio, una cláusula de responsabilidad por el buen uso incluso establecer posibles sanciones encaso de no actuar como tal. Estaría bien establecer un seguro de responsabilidad civil tal y como indicáis para cubriros frente a terceros. También hay qeu establecer como cesión y si va a existir un plazo de preaviso. Si la parte propietaria os puede visitar y con qué periodicidad.


En caso de conflicto indicar legislación, autoridades que pueden acudir las partes etc…


Espero haberos podido ayudar


Un saludo


Teresa Ferraz

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#2

Muy buena

Aportada por:

Rafael Perez Castillo

Funcionario de la Junta de Andalucí­a. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.

Trabaja en:

Asesor particular

24.04.10

 

Estimada Sonia: en relación con la consulta establecida, paso a informarte lo siguiente: por lo que respecta a la suscripción de algún tipo de seguro para el contrato de cesión de uso de un local, debe de señalarse que el cesionario, en este caso, vuestra entidad asociativa, se debería de comprometer a contratar y mantener en vigencia, a su costa y durante el plazo de vigencia del contrato  de cesión, una póliza de seguro de responsabilidad civil   que cubra el riesgo de daños y prejuicios que pudieran ocasionarse a personas o cosas, o al propio inmueble, como consecuencia del uso  del local, sea por actos u omisiones del cesionario o del personal dependiente de la Asociación Arts Cultura y Desarrollo.
Un cordial saludo y buena suerte.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
solucionesong.org
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