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Consultas Online

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Certificados de retenciones

29.11.19

Hola:

Mi pregunta es si el certificado de retenciones que debe mandar la asociación a los autónomos y freelance que han prestado servicio durante el año 2019 se debe de mandar a los mismos antes del 31 de Diciembre o se puede hacer hasta el mes de Abril del año que viene.

Se puede mandar vía correo electrónico, o es obligatorio mandarlo en papel.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

29.11.19

Lo normal es enviarlo un vez presentado el modelo 190 de retenciones, que como sabéis se hace en enero, por lo que lo más habitual es hacerlo en febrero del año siguiente.

Se puede mandar perfectamente por correo electrónico.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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