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Certificado de “Entidad sin fines lucrativos”
05.06.19
Hola,
Somos una asociación sin fines lucrativos y estamos acogidos al “Régimen de entidades parcialmente exentas”. Me gustaría saber si podemos solicitar el certificado de “Entidad sin fines lucrativos” a la agencia tributaria o si este certificado puede ser solo emitido a la asociaciones de Utilidad Pública que están acogidas en el régimen fiscal especial.
Hago esta pregunta porque solicité este certificado a la agencia tributaria utilizando mi firma digital y me ha sido denegado porque la asociación no se encuentra en el “régimen fiscal especial regulado en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.
¡Muchas gracias por adelantado!
Saludos cordiales.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
05.06.19
Me da la impresión que el certificado al que haces referencia es el relativo al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 (que entre otros beneficios fiscales, contempla la deducción por los donativos efectuados). En el caso de asociaciones, a este régimen fiscal especial sólo pueden acceder las que estén declaradas de utilidad pública y las inscritas en el registro de la Agencia Española para la Cooperación Internacional.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
05.06.19
Buenas,
Gracias por la respuesta. En este caso me pidieron este certificado desde el ayuntamiento para no pagar la plusvalía sobre una vivienda que nuestra asociación ha comprado.