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Consultas Online

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Certificado de “Entidad sin fines lucrativos”

05.06.19

Hola,

Somos una asociación sin fines lucrativos y estamos acogidos al “Régimen de entidades parcialmente exentas”. Me gustaría saber si podemos solicitar el certificado de “Entidad sin fines lucrativos” a la agencia tributaria o si este certificado puede ser solo emitido a la asociaciones de Utilidad Pública que están acogidas en el régimen fiscal especial.

Hago esta pregunta porque solicité este certificado a la agencia tributaria utilizando mi firma digital y me ha sido denegado porque la asociación no se encuentra en el “régimen fiscal especial regulado en el Título II de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre.

¡Muchas gracias por adelantado!

Saludos cordiales.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

05.06.19

Me da la impresión que el certificado al que haces referencia es el relativo al régimen fiscal especial de la Ley 49/2002 (que entre otros beneficios fiscales, contempla la deducción por los donativos efectuados). En el caso de asociaciones, a este régimen fiscal especial sólo pueden acceder las que estén declaradas de utilidad pública y las inscritas en el registro de la Agencia Española para la Cooperación Internacional.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

05.06.19

Buenas,

Gracias por la respuesta. En este caso me pidieron este certificado desde el ayuntamiento para no pagar la plusvalía sobre una vivienda que nuestra asociación ha comprado.

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