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Certificado de entidad sin fines de lucro denegado
09.07.21
Hola,
Nuestra Fundación está registrada en el registro de Fundaciones. Quisimos solicitar a la Agencia Tributaria un certificado de Entidad sin Fines de Lucro, para confirmar a donantes que pueden desgravar impuestos y nos salió denegado. ¿Qué tenemos que hacer?
¡Gracias!
Respuestas
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Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es
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09.07.21
Hola.
Para poder acogerse a los beneficios fiscales previstos en la Ley 49/2002 de entidades SFL es necesario que cumplimentéis el modelo 036 de declaración censal y lo presentéis en la AEAT, indicando que la entidad desea acogerse a dicho régimen fiscal.
Os recomiendo también que os informéis de los requisitos regulados en su art 3. así como las obligaciones que se derivan del hecho de acogerse a esta norma.
Un saludo.-
Respuesta del participante:
09.07.21
Muchas Gracias Manuel.
¿Sabes como cuánto tiempo tardan en dar respuesta?
Saludos
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
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Asesor particular
09.07.21
Hola
Te indico enlace para que podáis preguntar el plazo o cualquier otra cuestión ya a partir del lunes (teléfono verde)
El horario es de 9-19 hs
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/Manuales__Folletos_y_Videos/Manuales_de_ayuda_a_la_presentacion/Ejercicio_2018/_Ayuda_Modelo_200/02_Datos_iniciales__paginas_1_y_2_/2_06_Caracteres_de_la_declaracion/2_06_01_Tipo_de_entidad/2_06_01_01_Entidad_sin_animo_de_lucro_acogida_regimen_fiscal/2_06_01_01_Entidad_sin_animo_de_lucro_acogida_regimen_fiscal.html
Un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
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Asesor particular
09.07.21
Y aquí para solicitarlo
https://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/_componentes_/Enlaces_de_interes/FragmentoHtml_Enlaces_de_interes.shtml
Un saludo
Teresa Ferraz
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
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Asesor particular
10.07.21
De nada!
Buen fin de semana
Un saludo
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
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Asesor particular
12.07.21
Debéis comprobar en primer lugar que habéis optado expresamente por el régimen fiscal especial de la Ley 49/2002, pues si no lo habéis hecho no podéis obtener el certificado. Saludos. Juan González Martín-Palomino.