Consultas Online
Cargos junta directiva
20.03.19
Podemos tener varios vicepresidentes en la asociación?, ¿es necesario que se refleje tal circunstancia en los estatutos?, como ocurre con los vocales.
Respuestas
Aportada por:
Asesor Fiscal y Contable
Trabaja en:
Asesor particular
21.03.19
Hola,
La ley orgánica 1/2002 reguladora del derecho de asociación hace siempre mención como cargos en una asociación al Presidente y Secretario únicamente. Dado que el número mínimo de personas para constituir una asociación son tres la mayoría de asociaciones establece el Tesorero como tercer cargo en la misma. Siempre que en los estatutos de vuestra asociación contemple la posibilidad de varios vicepresidentes no veo inconveniente alguno en que así se formalice.
Un saludo.
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
24.03.19
En relación con la consulta establecida, paso a informarles lo siguiente: en línea con lo que le traslada mi compañero Joan Bernart, cuyos criterios comparto, deberán ser los estatutos de vuestra asociación como manifestación de la potestad de autoorganización los que establezcan la posibilidad de que exista mas de un vicepresidente en el órgano de representación asociativo.
Al respecto, les remito en archivo adjunto los estatutos de una asociación inscrita, a los efectos de publicidad registral, en el Registro Nacional de Asociaciones del Ministerio del Interior, siendo de especial interés, para el caso que nos ocupa, el art. 12 de dicha norma estatutaria.
Espero haberles ayudado.
Cordialmente.
Rafael Pérez Castillo.
rperezcastillo@gmail.com
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