Saltar al contenido principal

Consultas Online

avatar

Cambio de la forma juridica de Asociación a Fundación

30.06.24

Hola, estamos valorando la opción de transformar la forma jurídica de nuestra asociación a una fundación. ( en realidad no se si es viable que la asociación continúe activa y que forme parte del patronato como un patrono mas). Si les parece viable, adecuado y buena estrategia para poder tener una mejor estructura y relación con la administración. Qué pasos habría que dar para poder llevar a cabo el proceso?
Saludos,

Compárte en las redes sociales

Respuestas

avatar
#1

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

30.06.24

Hola!
Comentarte primero quién puede formar parte del Patronato de una Fundación: aquellas personas, físicas o jurídicas, que hayan sido designadas inicialmente por el fundador o fundadores.
Partiendo de esta premisa, así como en una asociación se puede distinguir entre la Junta directiva y la Asamblea al Patronato de una fundación le corresponden todas las competencias propias de la administración y gobierno de la organización.
En principio no veo obstáculo en que la asociación forme parte del Patronato ya que incluye a las personas jurídicas Sin embargo lo normal es transformar la Asociación en Fundación.Habria que verlo más detenidamente
En cuanto a los pasos que deberíais dar para dicho cambio jurídico te voy a remitir una Guía de la Asociación Española de Fundaciones dada la extensión de la consulta
Un saludo
Teresa

Esta aportación tiene un documento que la complementa. ¡Descárgalo!

avatar
#2

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

01.07.24

Hola,

Nosotros dimos ese paso, conservando el nombre propio. A parte de los consejos que te da Teresa y la guía, te resumo lo que hicimos por si te sirve.

1. Convocar asamblea de socios para decidir si la Asociación creaba una Fundación que asumiría todos sus proyectos. Se explica y se aprueba.
2. Patronato: se llama a los miembros, se pide su aceptación por escrito y se convoca reunión con ellos. Número impar.
3. Capital fundacional: el mínimo hace unos años era de 30 000 euros, en dinero o en activos. En ese momento, como no teníamos esa cantidad en líquido, inventariamos todo nuestro activo material (ordenadores, mobiliario, furgoneta) hasta sumar la cantidad. Así pudimos empezar.
4. Se crea la Fundación. Con redacción de estatutos, apertura de cuenta, solicitud de CIF, registro, etc.
5. La Fundación va asumiendo proyectos de la antigua asociación.
6. Se extingue la antigua asociación.

Valorad si os conviene, pros y contras, obligaciones que tenéis, ventajas, etc.

Un saludo y ¡que todo vaya muy bien!

Montse

solucionesong.org
Un proyecto de