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Consulta formulada por:
¿Basta con cambiar estatutos y denominación para pasar de ser asociación juvenil a asociación general?
17.09.13
Hola buenas,
Ahora mismo somos una asociación juvenil. En caso de que en un futuro queramos pasar a ser una asociacion general. ¿Basta con un simple cambio de estatutos y denominación?
Un saludo
Respuestas
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
18.09.13
Hola Jaime,
A la larga, si no deseamos seguir con el proyecto de asociación que un dia constituimos, es aconsejable darle una conclusión y fin legal a todos los efectos.
El proceso no es complicado:
Cuando los socios que en ese momento sigan de una u otra forma activos en el seno de una asociación y por los motivos que fuesen quieran dar por concluida la “ misión “ de la entidad en la sociedad, han de celebrar una Asamblea General Extraordinaria convocada para ese fin.
En dicha Asamblea se han de tomar los siguientes acuerdos:
Causas de la disolución de la asociación.
Miembros de la Asociación que actuarán como Comisión Liquidadora del Haber Resultante.
Destino del haber resultante, si lo hubiera.
Una vez efectuada la Asamblea se seguirá el siguiente proceso:
La Comisión Liquidadora examinará los haberes de la asociación, en un plazo de quince días, tanto materiales como económicos, si los hubiere, y realizará un inventario de los mismos, formalizando un acta.
Aplicar el destino del haber resultante tal y como establecen los Estatutos. Si no se especifica la entidad a entregar dicho haber en esta norma, la Asamblea General Extraordinaria deberá decidir la entidad a la que se va a hacer entrega, en su caso, de dicho haber.
El Presidente de la Asociación, que actuará a su vez de Presidente de la Comisión Liquidadora, realizará un escrito comunicando la disolución al Registro correspondiente.
De la misma forma el Secretario certificará, con el Vº Bº del Presidente, el acuerdo de disolución, que se acompañará al documento mencionado en el punto anterior.
Un saludo