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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Greta Frankenfeld

Baja de socios si desconocemos sus datos de contacto

23.10.10

¿Cuál es el procedimiento para dar de baja a personas socias en los casos en los que no se conoce su dirección o teléfono de contacto, dado que no se puede seguir el proceso de notificación?

Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Francisco Liñán Delgado

Abogado. Miembro de CEAR-SUR

Trabaja en:

Asesor particular

01.11.10

Hola Greta;
La Asociación es una entidad promovida por personas físicas y jurídicas sometidas a una ley orgánica. Por ese nivel de regulación en mi criterio hay que ser garantista en los derechos de los miembros.
Por eso deberiais cumplir lo previsto en el artículo 59, Ley 30/1992, de 26-noviembre, reguladora del procedimiento administrativo común. Su apartado 5 prevé que en caso de ser desconocido el domicilio de los interesados o no se pudiesen practicar la notificación habría que acudir a la publicación en tablón de anuncios de la Asociación y en un boletín oficial o diario de distribución en vuestra localidad (lo que sea más barato).
Un saludo

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#2

Opinión anónima

02.11.10

Muchas gracias, Francisco
Muy adecuada tu respuesta.
Saludos.

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#3

Aportada por:

Ramon Pamies

Abogado / Graduado Social / Consultor ONGs / Asesor fiscal / Experto informatico / etc

Trabaja en:

Asesor particular

02.11.10

De todas maneras en los estatutos de vuestra entidad, debe estar regulados los casos y procedimientos para dar de baja a los socios. Quiza ponga que sera motivo de baja el no pagar as cuotas de socio. Y si estos socios de los que no teneis datos no pagan las cuotas seguramente se pueden dar de baja Y si pagan, no os deis de baja.

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#4

Opinión anónima

03.11.10

Muchas gracias, también por tu aportación, Ramón.
Saludos. Greta

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