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Consultas Online

Consulta formulada por:

Aunque los socios de las distintas Comunidades Autónomas se reúnan en asamblea, entiendo que solamente la Asamblea General tiene valor legal. ¿Es así?

28.08.03

Si en una asociación de ámbito estatal la Asamblea General es única y se celebra en un sitio y no en varios simultáneamente, la asociación está obligando a que los socios de las demás Comunidades Autónomas se desplacen a la Comunidad Autónoma donde está la oficina central de la asociación.

Ellos pueden celebrar otras asambleas en sus comunidades, pero sólo la Asamblea General tiene valor legal. ¿Es esto así?. Si lo es, realmente en otras Comunidades legalmente no tienen capacidad real para dirigir la asociación, ¿no?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

28.08.03

La asociación es una única persona jurídica, y como tal, debe celebrar la Asamblea General en el lugar donde indique la convocatoria (me estoy refiriendo a espacio físico), que puede coincidir con el domicilio social o no. De su pregunta no me queda claro cómo es la composición de su entidad. No se si se trata de una Federación de Asociaciones (y cada ´CCAA tiene su propia asociación), o si por el contrario está refiriéndose a una asociación que tiene varias delegaciones abiertas. En este último caso, por supuesto que la Asamblea General es única, independientemente que para asuntos meramente organizativos las delegaciones se reunan cuando estimen conviente, según venga recogido en los Estatutos, y únicamente para tratar los asuntos internos que tengan delegados, pero nunca los asuntos propios de Asamblea General (como puede ser aprobación de cuentas, nombramiento de Junta directiva, reforma de estatutuos, etc…). Si nos concretan más su pregunta, podremos darle una respuesta más satisfactoria.

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#2

Aportada por:

Montse de Paz

Fundación ARSIS

Trabaja en:

Asesor particular

29.08.03

En los estatutos de la entidad seguramente se define muy claro qué temas deben decidirse en Asamblea General y cuáles pueden decidirse desde la Junta Directiva o en grupos de trabajo locales. Lo que debe decidirse en Asamblea General afecta a toda la asociación y suelen ser temas como aprobación de cuentas y proyectos, cambios de domicilio, de estatutos, de Junta Directiva, admisión de nuevos miembros, fusiones o disolución de la entidad. Si a algunos socios no les es posible desplazarse, siempre pueden delegar su voto o transmitir por correo su parecer sobre los temas que se toquen. En todo caso, deberán recibir la convocatoria y orden del día de la Asamblea para tener la opción de participar o delegar si no pueden asistir.

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