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Consulta formulada por:
Arrendamiento
13.11.19
Hola,
Somos una asociación de utilidad pública. Tenemos una finca preparada para campamentos y convivencias que nos interesaría alquilar para captar fondos y mantener el patrimonio.
Ya lo alquilamos durante el mes de junio, dándonos de alta para realizar actividades económicas en hacienda.
Mi pregunta es si tiene algún coste añadido (económico y/o burocrático) el hecho de mantener el alta en actividades económicas durante todo el ejercicio o conviene que nos demos de alta solo cuando se vaya a alquilar.
Gracias.
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
13.11.19
Supongo que os daríais de alta por que repercutís IVA en ese arrendamiento. Si no tenéis previsto alquilar la finca en todo este año, pues lo más práctico será causar baja en la actividad de arrendamiento y en el IVA; si por el contrario lo vais a alquilar, lo más práctico es no darse de baja. Aunque os deis de baja en la actividad, debéis tener en cuenta que en todo caso tendréis que presentar en enero de 2020 el resumen anual del IVA.
Si vais a alquilar la finca de modo intermitente, entiendo que lo más práctico es no darse de baja, aunque haya que presentar algún trimestre del IVA sin actividad.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.