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Consultas Online

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Consulta formulada por:

María Teresa Marcos Sierra

Aportaciones deducibles de cuota de socios de una Asociación sin ánimo de lucro

13.04.09

Queremos informarnos sobre la posibilidad de que los socios/as de una asociación sin animo de lucro y declarada de utilidad pública puedan obtener beneficios fiscales. Según la ley 49/2002 de regimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de incentivos fiscales al mecenazgo , las cuotas de afiliación a asociaciones se benefician siempre cuando no se corresponda con el derecho a percibir una prestación presente o futura.


Nuestra duda es si nuestros socios, que se pueden beneficiar de nuestros programas, al ser una entidad proveedora de servicios y programas (atención y orientación a familias, ocio, respiro familiar, clubes sociales …) están excluídos según esta ley, o en cambio hay alguna posibilidad de beneficio fiscal.


¿Cuál sería nuestra obligación al respecto como entidad sin ánimo de lucro?.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Mariano Romero Montero

Especialista en Contabilidad y Gestión de ENL's

Trabaja en:

Asesor particular

17.04.09

Buenas tardes María Teresa:

Aqui la cuestión es si los socios se hacen socios para recibir esas prestaciones, o se asocian por simpatia con la entidad y tienes la opción de participar en determinadas actividades. Por ejemplo una entidad de defensa medioambiental puede realizar una ruta guiada a la cual tienen opción sus asociados. En este caso los socios si podrían desgravar ya que es un servicio de la entidad, pero el socio, en principio, no se asocia para realizar la ruta.
Por otro lado, la geste que se asocia a un club automovilistico, tipo RACE RACC etc. lo hace porque va a obtener un servicio fijado en el momento de asociarse, en cuyo caso no tendrá derecho a deducción.

Un cordial saludo,

Mariano Romero
m_romero1@yahoo.com

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