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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Belén Sánchez Castillo

Algunas dudas sobre cómo nos afecta la nueva Ley de Contratos Públicos

17.09.18

Hola,

Represento a una asociación sin ánimo de lucro que trabaja en el campo de la inserción laboral de personas en riesgo de exclusión desde el año 1993. Nuestra financiación proviene en su mayoría de la Administración y de la financiación de obras sociales de entidades bancarias privadas.

Nuestra duda se presenta a la hora de entrar en vigor el 9 de marzo la nueva Ley de Contratos:

1. ¿Estamos ahora obligados a licitar suministros, obras y servicios?

2. ¿Qué ocurre con la contratación de suministros, obras y servicios que se realizaron antes de esta nueva ley?

3. ¿Quién y qué documentos acreditan que nuestra financiación es mayoritariamente pública?

4. Por último, en los casos en que se nos aprueben programas con financiación privada, ¿podríamos pasar a tener financiación mayoritariamente privada en cualquier momento del año, digamos de un día para otro?

Gracias y un saludo.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Daniel Aragó Díaz

Persona,Consultor Social, Emprendedor Social, Formador Social

Trabaja en:

Asesor particular

19.09.18

Hola Belén,
Hay algún aspecto de lo que planteas que no me ha quedado muy claro, sobre todo el punto 4, del resto voy a ver en lo que te puedo ayudar.
Punto 1 - No se muy bien porque dices “estar obligado”, si anteriormente licitabas ahora lo tendrás que seguir haciendo pero si tu financiación de programas venían por subvenciones, ahora lo seguirán haciendo. En esto no cambia nada la nueva Ley de Contratos Públicos. ( En todo caso, siempre licitaras servicios, no creo que una entidad como la tuya licite obras o suministros…)
Punto 2 - Lo que ya está licitado con anterioridad al 9 de marzo de 2018, no afecta absolutamente en nada porque se rige por la antigua LCSP hasta que finalice su ejecución.
Punto 3 - No hay un documento específico para esto.Tu volumen de negocios estará reflejado en tus cuentas anuales, impuesto de sociedades…. pero ahí no distingue de donde viene la financiación de manera detallada, más allá del apartado subvenciones. No obstante con los documentos de resolución de cada una de ellas o de los convenios, puedes demostrar tus fuentes de financiación.
Si necesitas más info me puedes escribir a darago@oszagales.com
Un saludo

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