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Consulta formulada por:
Al tener condición de micro entidad, ¿tenemos que declarar de forma oficial y podemos optar a la utilidad pública?
13.11.17
Hola:
Queríamos saber si al tener condición o cumplir requisitos como micro entidades según el artículo 8 del plan general de contabilidad de PYMES, estamos obligados a declarar las cuentas de forma oficial y si podemos optar a la utilidad pública.
¿Si consigues ser declarado de utilidad tienes que presentar auditorias externas de forma anual?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Abogado. Asesor Tributario ESFL
Trabaja en:
Asesor particular
13.11.17
El hecho de poder tener la condición de micro entidad a efectos contables, en nada influye en el procedimiento de declaración de utilidad pública. De igual manera, esta circunstancia tampoco influye en la obligación o no de presentar las cuentas anuales en el registro de asociaciones, que dependerá de la obtención o no de la declaración de utilidad pública.
Por otro lado, la obtención de la declaración de utilidad pública no implica la obligación de tener que auditar las cuentas anuales de la asociación.
Saludos.
Juan González Martín-Palomino.
Respuesta del participante:
15.11.17
Don Juan,
Nos ha resuelto todas las dudas. Muchísimas gracias.