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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Mario Alameda

Actualización de obligaciones tributarias y legales

03.03.21

Muy buenas.

Somos una asociación sin animo de lucro de carácter profesional y social. Desde el año 2017 dejamos de presentar nuestras cuentas en hacienda ya que no tuvimos prácticamente actividad. Durante el año pasado, 2020, retomamos la actividad y hemos vuelto a tener socios. Mi pregunta es: ¿qué debemos hacer para ponernos al día con nuestras obligaciones tributarias y legales?.

Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

03.03.21

Lógicamente eso va a depender de vuestras actividades y otras circunstancias: si tenéis trabajadores, si pagáis a profesionales, si tenéis un local arrendado … Así, en genérico, no es posible decir qué obligaciones legales y fiscales tenéis.

En todo caso, todas las personas jurídicas, incluidas las asociaciones, tienen obligación de llevar su contabilidad ajustada al plan general contable.

Saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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#2

Respuesta del participante:

Mario Alameda

03.03.21

Muchas gracias por la respuesta. Entiendo que como mínimo tendríamos que presentar a en hacienda las obligaciones fiscales correspondientes y llevar una contabilidad mínima. No tenemos trabajadores, ni arrendamos local, ni actividad económica fuera de lo que son los cobros de las cuotas a los asociados.
El asunto es que todo esto se dejo de llevar desde el año 2017 por falta de actividad y de socios y nunca se dio de baja en hacienda la actividad si no que simplemente se dejaron de presentar los papeles. Supongo que est connllevaria una sancion por parte de hacienda y lo que queremos es saber que debemos hacer para regularizar esta situacion y poder estar al corriente. No se si la agencia tributaria aceptaria una suspension temporal desde el 2017 al 2019. Muchas gracias

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#3

Aportada por:

Juan González Martín-Palomino

Abogado. Asesor Tributario ESFL

Trabaja en:

Asesor particular

11.03.21

Por lo que indicáis no tenéis ninguna obligación. En todo caso, de existir algún incumplimiento que pudiera dar lugar a sanciones, entiendo que Hacienda ya hubiera notificado las mismas.

De nuevo saludos.

Juan González Martín-Palomino.

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