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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Beatriz Fernández Domínguez

Acabamos de obtener la Utilidad Pública y tenemos varias dudas ¿Podéis ayudarnos?

11.05.18

¡Hola!

Somos una asociación de ámbito nacional y acabamos de obtener la declaración de utilidad pública (26/4/2018). Tengo varias dudas al respecto:

1. Hemos presentado el modelo 036, que nos pide “certificación de la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones”. ¿Cómo se pide, se puede hacer por internet?

2. ¿A partir de qué fecha tenemos que presentar al Registro de Asociaciones la documentación sobre memorias anuales y balances económicos para no perder la utilidad pública? ¿Hay algún trámite especial adicional que haya que hacer o que tenga que llevar un gestor, o el resto de obligaciones son las habituales de presentar la declaración de Sociedades y las relativas a estar al día con obligaciones tributarias como Seguridad Social?

3. ¿Cómo se hace la gestión o trámite para conseguir el certificado de desgravación fiscal para empresas y donantes particulares, y a partir de qué fecha? ¿Es necesario tener un CRM o se puede gestionar de otra forma?

¡Muchas gracias por atender a estas cuestiones, es una consulta intensa pero no queremos despistarnos en ningún detalle!

Beatriz

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

14.05.18

1. Hemos presentado el modelo 036, que nos pide “certificación de la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones”. ¿Cómo se pide, se puede hacer por internet?
Creo que no se puede hacer por internet. Si son una asociación de carácter nacional la subdelegación del gobierno en Madrid tiene la competencia. Llamen y informese.
No obstante con el acuerdo de inscripción de la Asociacion que le dieron al constituirse debe ser suficiente. Envielo y si Hacienda desea otro mas reciente se lo requerirá.
2. ¿A partir de qué fecha tenemos que presentar al Registro de Asociaciones la documentación sobre memorias anuales y balances económicos para no perder la utilidad pública? ¿Hay algún trámite especial adicional que haya que hacer o que tenga que llevar un gestor, o el resto de obligaciones son las habituales de presentar la declaración de Sociedades y las relativas a estar al día con obligaciones tributarias como Seguridad Social?
Al registro de Asociaciones solo hay que presentar la contabilidad (diario y Balances), en hojas numeradas y sueltas, y despues de presentada ellos la sellany diligencian. Fin.
Deben elaborar la memoria especial para asociaciones y presentarle una copia a la Agencia Tributaria, tramite que pueden hacer por Internet a través de www.agenciatributaria.es
Deben presentar OBLIGATORIAMENTE Impuesto de Sociedades.
3. ¿Cómo se hace la gestión o trámite para conseguir el certificado de desgravación fiscal para empresas y donantes particulares, y a partir de qué fecha? ¿Es necesario tener un CRM o se puede gestionar de otra forma?
Para aplicar la desgravación a empresas y particulares, deben acogerse a través de un modelo 036 a la Ley 49/02, y a partir de ese instante/dia, ya serán deducibles los donativos que reciban y/o convenios que celebren. No es preciso declaración expresa por Hacienda, aunque pasados unos dias con su firma electrónica podrán descargarse el certificado de estar acogidos a la citada Ley, que es lo que acredita ante terceros que los donativos son desgravables y los convenios deducibles.
No es necesario un CRM para gestioanr todo eso, hay programas mas simples y económicos.
Por ultimo les aconsejo que se busquen un Asesor, pues estos asuntos son complejos y Hacienda no perdona. Sanciona ante el mas minimo error.

Mas en www.sulayr.com, DONDE PODRA VER NUESTROS SERVICIOS.

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#2

Aportada por:

Silvia Alvarez

Servicios en contabilidad/Fiscalidad/RRHH/Seguros/Consultoría Web

Trabaja en:

Servicio Premium - Asesoría Debe Haber Asociaciones S.L.

14.05.18

Buenos días
Te contesto a todas tus preguntas,
1.- El certificado de inscripción del registro Nacional, lo envía el registro cuando os constituís, si no lo localizais podeis pedir un duplicado al registro, donde estéis inscritos.

2.- Las cuentas si os han dado la calificación este año, las cuentas del 2018 no las teneis que presnetar, son las del año siguiente las que tendréis que presentar, es decir las del 2019.

Al ser de utilidad publica teneis obligación del deposito cuentas cuando proceda, según os he indicado, y teneis obligación de presentar el impuesto de sociedades y modelo 182 de donaciones, pero siempre que previamente hayais comunicado en hacienda acogeros a la ley 49/2002.

3.- Los certificado de donaciones los tneeis que enviar a los donantes, eso ya depende como queráis organizarlo si con crm o envio de mails

Espero haberos ayudado
Un saludo.
Silvia Alvarez
www.debehaberasociaciones.com

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#3

Respuesta del participante:

Beatriz Fernández Domínguez

14.05.18

Muchísimas gracias Jose Antonio y Silvia por vuestras respuestas y rapidez, es de mucha ayuda!
Beatriz

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#4

Respuesta del participante:

Beatriz Fernández Domínguez

14.05.18

Jose Antonio, Silvia, una aclaración. El “certificación de la inscripción en el Registro Nacional de Asociaciones” que me piden especifican que tenga una antigüedad menor a un mes, de ahí mi pregunta, entiendo que no es el certificado de inscripción del registro Nacional.
Gracias

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#5

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

15.05.18

Buenas tardes.

Pues tu mismo tienes la respuesta. Debes solicitar uno nuevo.

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