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Consulta formulada por:
A una persona minusválida le han ofrecido un trabajo y quiere saber si cuando finalice podrá volver a su situación anterior
22.06.03
Esta persona tiene con incapacidad permanente absoluta y gº de minusvalia del 65%.
El trabajo es para 1 mes con una remuneracion superior a 3000 euros como autónomo.
Si se da de alta, ¿podrá recuperar su situacion anterior? (paga incapacidad y % de minusvalía). Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
27.06.03
La pregunta que nos hacen es muy delicado, y sin contar con más datos, no nos atrevemos a dar una respuesta plenamente satisfactoria.
Generalizando, diremos que cuando una persona con una minusvalía para desarrollar un puesto de trabajo, la Administración va a considerar que ha mejorado de la misma, o que puede desarrollar un puesto de trabajo y que por tanto no tiene derecho a cobrar una incapacidad. Si luego quiere volver a su situación anterior, lo normal es que la administración le haga volver a pasar un tribunal médico, y que considere que no existe una incapacidad absoluta. No obstante, como desconocemos el caso concreto sobre el que nos preguntan, damos esta respuesta con reservas.
Opinión anónima
28.06.03
INCAPACIDAD E INVALIDEZ, DIFERENCIAS
Estando de acuerdo con la compañera de la Fundación Luis Vives, conviene decir :
LA INCAPACIDAD
1. Supone una alteración continuada de la salud que imposibilita o limita a quien la padece para la realización de una actividad profesional.
2. La declaración de invalidez se obtiene a través de los denominados Equipos de Valoración de Incapacidades, mediante las pruebas oportunas, que deben pasar por lo que se denomina Tribunal Médico, generalmente compuestos por un psicólogo, un médico y un trabajador social. El reconocimiento del grado concedido y la pensión corresponde a la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
LA MINUSVALIA
1. Es un reconocimiento legal del hecho que la persona tiene dificultades para las actividades de la vida diaria, que las otras personas no tienen.
2. Los Centros Bases del IMSERSO mediante las pruebas oportunas, valoran el grado de minusvalía que posee la persona.
3. Se otorga el Certificado de Minusvalía, a quienes su disminución de capacidades alcancen como mínimo el 33%, grado mínimo que permite optar a ventajas sociales y fiscales. El certificado es imprescindible para acogerse a las escasas ayudas que se otorgan.
CONCLUSION
1. Es distintas la Incapacidad de la Minusvalía y no significa que se tenga una por padecer la otra o viceversa.
2. La percepción de las pensiones por incapacidad no impedirá el ejercicio de aquellas actividades, sean o no lucrativas, compatibles con el estado del inválido y que no representen un cambio en su capacidad de trabajo, a efectos de revisión.
3. Si se realizan trabajos susceptibles de inclusión en alguno de los regímenes de la Seguridad Social existe la obligación de alta y consiguiente cotización, debiendo el trabajador comunicar a la Entidad Gestora competente (INSS) el inicio de cualquier trabajo, por cuenta ajena o propia, salvo en el caso que derive de enfermedad profesional, en que será necesaria la autorización previa.
4. Las pensiones de incapacidad permanente se extinguirán: por revisión con resultado de curación o fallecimiento del beneficiario.
5. No se pierde el reconocimiento del grado de minusvalía por el hecho de trabajar.
6. Incluso si quiere establecerse como autónomo, puede acceder a ayudas económicas.
SUGERENCIA
1. Se tendrían que tener mas datos concretos para determinar:
a. Si el trabajo cuya duración y salario reúne los requisitos para así considerarlo trabajo por cuenta ajena o autónomo.
b. Si la actividad está encuadrada dentro de lo que obliga a causar alta en alguno de los Regímenes de la Seguridad Social.
c. Si en caso contrario, pueda ser considerada como una actividad lucrativa compatible con la situación de la persona discapacitada, que no sólo no le tenga que afectar o modificar ninguna de sus dos situaciones –incapacidad y minusvalía - sino que incluso pueda ser objeto de optar a alguna ayuda o subvención para realizarla, precisamente por esas condiciones.
d. Hay ayuntamientos que ofrecen servicio de orientación y asesoramiento en la busca de empleo para las personas con certificado de disminución o minusvalía.
Esta respuesta expresa sólo opinión, en base a la forma y contenido de la pregunta, por lo que no es vinculante, ni recomienda acción u omisión alguna. Sólo trata de informar de buena fe, en base a los conocimientos y recursos de que dispone en estos momentos quien presta solidariamente esta colaboración desinteresada.