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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿A quién le corresponde la responsabilidad de estos daños producidos durante una actividad?

14.02.18

Hola:

Tengo un hijo de 37 años con discapacidad valorada en un 85%
tiene dos audífonos. En días pasados, mientras se desarrollaban actividades de las programadas en el centro, a uno de los usuarios le dio algún tipo de ataque, lo que hizo que mi hijo fuera a intervenir con el ánimo de socorrerle, recibiendo un manotazo, que le ha hecho perder un audífono.

Entendemos que la responsabilidad Civil es de la asociación, por lo que se pone en conocimiento del incidente a la aseguradora para que se haga cargo del siniestro, y estos responden que ese tipo de siniestro no está cubierto.

Nos dicen que solo están cubiertos los daños físicos, pero no los daños en bienes materiales, lo cual, me parece que no es de recibo y una falta de respeto, porque cuando se suscribe un seguro, es imposible pensar en cada uno de los detalles y de los posibles daños que pudieran generarse, y aquí donde salen las aseguradoras con que esto o aquello no se había contemplado.

Yo, por supuesto, no quiero ir contra la asociación, todos formamos parte de ella, pero mi daño personal es grave y considero que la Asociación tiene la obligación de tener cubiertas estas eventualidades y las aseguradoras de cubrirlas, sin hacer vericuetos para escaparse de sus responsabilidades.

Les agradeceré una respuesta que pudiera orientarme.

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

Alejandro Casco

Trabaja en:

Asesor particular

14.02.18

Hola, debemos recordar que el negocio de la mayoria de las aseguradoras es no pagar los seguros y poner la mayor cantidad de excusas para no cumplir.

Lo que deben hacer es revisar la poliza que se firmo con ellos, validar que es lo que esta asegurado y que no, ya que cuando las cosas que no aparecen directamente señaladas como : ´´ no cubiertas ´´ , generalmente las terminan pagando.

La institución debe enviar a la aseguradora una nota solicitando formalmente que les paguen el costo del audífono, explicando el caso de como sucedió el evento. La primera respuesta de la aseguradora podría ser que no lo cubre, pero debería dar la base legal para no hacerlo, y de ahí ustedes podrían valorar si la aseguradora tiene razón o si vale continuar el caso. Aquí la base es lo que la institución firmo y esta pagando por la cobertura.

Espero si les solucionen. Sino la asociación debería apoyar en la compra del nuevo aparato.

Alejandro

solucionesong.org
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