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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Eva Bonifacio García

9.-El registro retributivo

12.09.22

Somos una ONG con dos trabajadores, ¿Estamos obligados a hacer el registro retributivo?

Gracias.

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Respuestas

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#1

Aportada por:

José Antonio Jiménez Puertas

SULAYR

Trabaja en:

Asesor particular

12.09.22

Todas los empleadores, Empresas, ONGs, Administraciones Publicas, están obligadas a elaborar el registro retributivo, sin importar el número de empleados (aunque solo sea uno), ni que todas las trabajadoras o trabajadores sean del mismo sexo. El registro tendrá una validez de un año natural.
Este documento debe adaptarse al Real Decreto 902/2020 y al Real Decreto Ley 6/2019, que modifica el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores y convierte el registro retributivo en obligatorio para todas las corporaciones del país.

Saludos

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#2

Aportada por:

Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza

Abogada

Trabaja en:

Asesor particular

12.09.22

Hola Eva,
Efectivamente es lo que dice José Antonio
Voy remitirte el link dónde puedes encontrar info y la herramienta del ministerio
Texto del enlace…
Por otra parte estáis obligados a tener medidas contra la discriminación entre h/m aunque no tengáis que realizar plan de igualdad
Saludos
Teresa Ferraz
Un saludo
Teresa Ferraz

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#3

Respuesta del participante:

Eva Bonifacio García

14.09.22

Buenos días.

Gracias por vuestra ayuda, pero hay una cosa que no me queda clara, donde debemos reflejar las medidas contra la discriminación entre hombres y mujeres, si no es necesario que hagamos un plan de igualdad.

Gracias.

solucionesong.org
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