Las fundaciones y las ONG serán más transparentes
Separar las funciones de presidente y primer ejecutivo, contar con más administradores externos (independientes) que ejecutivos, limitar los mandatos de la junta directiva o rendir cuentas ante los socios como si fuera una junta de accionistas. Una guía ayuda a fundaciones y ONG a ser más transparentes.
Fuente: www.expansion.com
Autor: A. Medina
El sector de las fundaciones y las ONG está formado en España por más de 30.000 organizaciones activas, con unos ingresos totales de 24.000 millones de euros y 50.000 empleos, sin incluir a los voluntarios. Con la disminución de las aportaciones públicas, su labor depende cada vez más de las aportaciones de donantes anónimos y socios, lo que obliga a estas organizaciones a un ejercicio de transparencia.
Para que la transparencia forme parte de su agenda, el Instituto de Consejeros-Administradores (IC-A) ha elaborado una guía con un conjunto de recomendaciones y buenas prácticas para mejorar su gestión. Este código parte del concepto de que el buen gobierno es un instrumento necesario para la sostenibilidad de las instituciones y de que éstas deben inspirar confianza a todas las partes interesadas o afectadas por su actividad.
Entre las recomendaciones, muchas compartidas con el código de gobierno corporativo de las empresas cotizadas, figuran celebrar, al menos, un acto público anual de rendición de cuentas con presencia de todos los miembros del órgano de administración. En ella, se expondrán las cuentas anuales y la memoria auditada. A este acto, voluntario, debería invitarse a todos los donantes de fondos, si fuera viable, y dar acceso también al público en general.
En el caso de las asociaciones, la asamblea general debe reunirse al menos una vez al año, previa convocatoria efectuada con 15 días de antelación (deberá ser convocada con carácter extraordinario cuando lo solicite un 10% de los socios). La junta directiva estará integrada sólo por los asociados, cuyos miembros podrán recibir retribuciones, con acuerdo de la asamblea. Las retribuciones percibidas deberán constar en los estatutos y en las cuentas anuales aprobadas por los socios, de forma individualizada.
En las fundaciones, el Patronato estará integrado por un mínimo de tres personas físicas o jurídicas (se reunirán un mínimo de dos veces al año). En la primera, a celebrar en los seis primeros meses del ejercicio, aprobará las cuentas anuales. En la segunda reunión, en los últimos tres meses, aprobará un plan de actuación para el año siguiente que se presentará al Protectorado de fundaciones.
Dimensión
En materia de organización, la dimensión ideal del órgano de gobierno dependerá del tamaño y complejidad de la fundación u ONG, pero recomienda que no sea inferior a cinco miembros, ni superar los diez o doce. Éstos, que contarán con el necesario conocimiento y experiencia, se dividirán entre administradores ejecutivos (internos) y no ejecutivos (externos), siendo más elevado el número de externos. Cada nombramiento se explicará ante la asamblea de socios. Los mandatos de los miembros del Patronato o de la Junta directiva no deben superar los cuatro años y con un máximo de tres renovaciones consecutivas.
El documento recoge como necesaria separar el cargo de presidente y primer ejecutivo, cuando sea posible, ya que, señala, nadie debe tener poder de decisión ilimitados. Además, se elaborará un plan de sucesión para ambos. Al mismo tiempo, destaca el papel clave del secretario del órgano de administración para garantizar su buen funcionamiento.
La guía sugiere también crear órganos internos que ayuden a reforzar la eficacia del órgano de gobierno, como las comisiones delegada, de auditoría, de nombramientos y/o retribuciones y un consejo asesor.
La imagen es de www.expansion.com
Trata sobre:
- Legislación