Convocadas subvenciones a las actividades de promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas
El Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha publicado las bases y la convocatoria de las ayudas destinadas a a la financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas. El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 9 de agosto.
Objeto de la subvención
La presente orden establece las bases reguladoras de la concesión de subvenciones cuyo objeto es contribuir a la financiación de los gastos derivados de la realización de actividades de apoyo y promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas, así como la financiación parcial de los gastos de funcionamiento de las asociaciones de trabajadores autónomos, de cooperativas, de sociedades laborales, de empresas de inserción y otros entes representativos de la economía social de ámbito estatal para facilitar el cumplimiento de los fines propios de estas entidades.
Actividades y prioridades subvencionables
Será subvencionable cualquier actividad que fomente cultura emprendedora y que incida en la empleabilidad.
Serán subvencionables las siguientes prioridades de ámbito estatal:
a) Apoyo y asesoramiento a emprendedores, autónomos y promotores de la economía social.
b) Programas de fomento de la cultura emprendedora, el autoempleo, la economía social y la responsabilidad social de las empresas.
c) Campañas de comunicación y divulgación orientadas a la promoción del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas a través de cualquier medio de comunicación, incluidas las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones en el marco del desarrollo de las medidas de la «Estrategia de Emprendimiento y Empleo Joven 2013-2016»
d) Elaboración y publicación de estudios, trabajos de documentación, análisis e investigación y otras actuaciones análogas.
e) Actividades de formación tendentes a iniciar, perfeccionar y cualificar en el conocimiento del trabajo autónomo, de la economía social y de la responsabilidad social de las empresas.
f) Organización de congresos, seminarios, jornadas, presencia en ferias y otras actividades de naturaleza similar, con convocatoria pública de realización de la actividad.
Será, asimismo, subvencionable la actividad llevada a cabo por las asociaciones para la consecución de los fines que les son propios en defensa y representación de los trabajadores autónomos y de las empresas de la economía social y que generen gastos de funcionamiento a dichas asociaciones.
Plazo
El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Aquí tienes el texto íntegro de la convocatoria, donde puedes ver qué asociaciones pueden optar a estas subvenciones, qué documentación hay que presentar y demás datos a tener en cuenta.
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