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¿Quieres saber cuáles son los beneficios fiscales de la contratación de personas con discapacidad? ¡Entérate!

01.04.16

discapacidad

La integración laboral de personas con discapacidad supone para la entidad una serie de beneficios fiscales por su contratación como son las subvenciones y diferentes tipos de ayudas en función del perfil de contratación, pero sin duda lo será como muestra de su compromiso activo con la sociedad. Según datos de la fundación Adecco en España casi un 5% de los trabajadores tiene certificado de discapacidad y entre este colectivo en edad laboral, la tasa de inactividad supera el 63%.

Los requisitos que debe cumplir la organización para beneficiarse de las ayudas son los siguientes:

- Debe de estar al corriente de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y con la Seguridad Social, aplicando las bonificaciones correspondientes y con respecto a las fechas de alta de los trabajadores.

- No puede habérsele aplicado a la organización sanciones graves o muy graves debido a que sus consecuencias son la exclusión del acceso a los beneficios.

- Estarán excluidas durante 12 meses de los programas de ayuda las entidades que hayan realizado despidos improcedentes o un despido colectivo de contratos bonificados, por lo que tampoco podrán beneficiarse de las bonificaciones.

El sepe (Servicio Público de Empleo Estatal) establece los requisitos para los trabajadores:

- Ser trabajador con discapacidad con un grado igual o superior al 33% reconocido como tal por el Organismo competente, pensionistas de la Seguridad Social con pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez, o pensionistas de clases pasivas con pensión de jubilación o de retiro por incapacidad permanente para el servicio o inutilidad.

- Estar inscrito en el Servicio Público de Empleo.

- El trabajador no debe haber estado vinculado a la entidad en los veinticuatro meses anteriores a la contratación mediante un contrato por tiempo indefinido.

- Quedan excluidos los trabajadores que hayan finalizado su relación laboral de carácter indefinido en un plazo de tres meses previos a la formalización del contrato, excepto en el supuesto previsto en el artículo 8.2 de la Ley 43/2006, de 29 de diciembre (B.O.E .de 30 de diciembre). Las dos últimas exclusiones que indica la normativa no se aplicarán cuando se trate de trabajadores con especiales dificultades para su inserción laboral, por ejemplo cuando el trabajador esté incluido en alguno de los grupos siguientes:

o Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.

o Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.

Además de las medidas impulsadas por la Administración Estatal, que tienen un alcance nacional, como son las bonificaciones a las cuotas de la Seguridad Social, cada Comunidad Autónoma dispone de sus propios incentivos para la contratación de personas con discapacidad.

Con respecto a los beneficios, nos encontramos con dos posibles vías en cuanto a las modalidades contractuales específicas y que están bonificadas/subvencionadas:

• Contrato de fomento de empleo (duración 1 año), puede ser prorrogado durante 3 años.

• Contrato Indefinido (duración mínima 3 años).

Medidas para favorecer la integración laboral de las personas con discapacidad

Por ejemplo, las empresas públicas y privadas que empleen un número de trabajadores fijos que exceda de 50 estarán obligadas a emplear un número de trabajadores con discapacidad no inferior al 2 %, salvo convenio colectivo o voluntad del empresario, siempre que se apliquen medidas alternativas.

La Administración pública deberá reservar el 5 % de las plazas de convocatorias a minusválidos (Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado Público y Ley 30/1984 de la Función Pública).

¿Tienes dudas sobre los beneficios fiscales que le puede aportar a tu entidad la contratación de personas con discapacidad? ¡Envía tu consulta al Equipo Asesor!

La imagen es de JustinatDJ en Flickr

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