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Conoce la declaración informativa de donaciones recibidas

11.03.16

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La declaración informativa de donaciones recibidas es una declaración cuya presentación no supone ningún tipo de desembolso y que consiste en la obligación de remitir a la Administración Tributaria la información referente a los donativos, donaciones y aportaciones percibidos por la entidad que den derecho a deducciones en sus respectivos impuestos.

¿Quién está obligado a presentar la declaración?

Están obligados a presentar el modelo 182 de la Agencia Tributaria todas aquellas entidades perceptoras de donativos, donaciones o aportaciones que den derecho a deducción por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, por el Impuesto sobre Sociedades o por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes, cuando hayan expedido certificaciones acreditativas, es decir, Fundaciones y Asociaciones de utilidad pública y las organizaciones no gubernamentales de desarrollo a que se refiere la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, siempre que tengan forma jurídica de Asociación o Fundación y estén acogidas al régimen fiscal especial establecido en el Artículo 2 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

¿Te has planteado si un padrino de tu organización puede desgravarse las donaciones realizadas? ¿Tienes dudas acerca de este tema? Si es tu caso, no dudes en acceder a la siguiente consulta.
Si un padrino quiere desgravarse su aportación en la declaración de renta, ¿estamos obligados a rellenar el Modelo 182?

¿Estas donaciones recibidas por la asociación se deben declarar a Hacienda? Esta es una duda común entre las organizaciones sociales. ¡Entra en la consulta las respuestas te servirán para hacerlo correctamente!

En el modelo de presentación deben aparecer los siguientes datos de los donantes:

• Nombre y apellidos.
• Número de identificación fiscal.
• Importe del donativo.
• Inclusión o no del donativo en las actividades o programas prioritarios de mecenazgo que se señalen por Ley de Presupuestos Generales del Estado.
• Posibilidad de que el donativo efectuado dé derecho a la aplicación de alguna deducción aprobada por las Comunidades Autónomas.

¿Cómo se realiza?

Para realizar la declaración hay que rellenar el modelo 182 de la Agencia Tributaria. En el siguiente enlace se detallan las instrucciones para cumplimentarlo correctamente.

Cada declarante deberá presentar una única declaración del modelo 182 por cada ejercicio, bien en impreso, bien en soporte, excepto que se trate de declaraciones complementarias o sustitutivas.

Si tu organización debe declarar dos tipos de porcentajes distintos en la declaración ¡Esta información te podrá resultar de utilidad! ¿Cómo se declara en el modelo 182 a un donante que tiene dos porcentajes distintos de deducción?

¿Plazo de declaración?

El plazo para la presentación de la declaración se realiza con periodicidad anual y se presenta durante el mes de enero de cada año, en relación con los donativos percibidos en el año inmediato anterior.

Plazo de presentación: del 1 de enero al 1 de febrero de 2016.

En aquellos supuestos en que por razones de carácter técnico no fuera posible efectuar la presentación a través de Internet en el plazo reglamentario de declaración, dicha presentación podrá efectuarse durante los cuatro días naturales siguientes al de finalización de dicho plazo.

¿Te ha quedado alguna duda sobre la declaración informativa de donaciones recibidas y no has podido resolverla? ¡Envía tu consulta al Equipo Asesor!

La imagen es de Afisem Asesores en Flickr

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