Consultas Online
Consulta formulada por:
Utilidad pública
09.07.19
Hola,
Somos una ONGD y estamos pensando hacer el trámite para ser Asociacion de Utilidad pública porque alguna subvención a la que hemos tratado de acceder te lo pide expresamente.
Fiscalmente, al ser ONGD no supondría ninguna ventaja más. ¿Qué otras ventajas e inconvenientes tendríamos que considerar?
Gracias.
Respuestas
Aportada por:
Fundación ARSIS
Trabaja en:
Asesor particular
09.07.19
Hola, Marta,
fiscalmente la ventaja es para vuestros donantes, que podrían desgravar sus aportaciones según la ley. Por eso se os abren más puertas en cuanto a posibles mecenas.
A vosotros os comporta, entre otras, la obligatoriedad de llevar cuentas anuales según el plan general contable, presentarlas ante la administración y declarar las donaciones a Hacienda con el modelo 182, cada principio de año. También debéis enviar recibos certificados a todos los donantes.
Aparte de esto, tener la utilidad pública siempre es un reconocimiento que puede mejorar vuestra imagen y prestigio, y da una mayor credibilidad.
Las fundaciones, por constitución, ya son entidades de utilidad pública, con sus derechos y obligaciones.
Finalmente, recordad que para hacer el trámite de la Utilidad Pública necesitáis tener como mínimo 2 años de antigüedad, y algo muy interesante es pedir cartas de apoyo a personalidades, instituciones y otras ONG destacadas que puedan dar testimonio de vuestra buena labor.
Nosotros lo hicimos en ARSIS, antes de ser fundación. Fue un trabajo considerable pero satisfactorio, y nuestros donantes y gente cercana lo valoraron mucho.
Un saludo cordial,
Montse de Paz
www.arsis.org
Respuesta del participante:
10.07.19
Muchas gracias Montse,
Tienes razón que creo que vale la pena hacer el esfuerzo para mejorar la imagen y prestigio.
Un saludo,