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Consulta formulada por:
ONG en proceso de constitución
Tenemos dudas relacionadas con las facturas con IVA derivadas de la contratación de nuestra banda de música por un Ayuntamiento
16.06.16
Hola buenas,
Somos un grupo de gente que tocamos música, una batucada concretamente y empezamos a recibir propuestas de actuaciones en ayuntamientos donde nos exigen facturas.
Nos vamos a constituir como asociación cultural sin ánimo de lucro, ya que todo lo hacemos de forma voluntaria, bien es cierto que el presidente de la asociación cuando hacemos actividades si se lleva un pequeño porcentaje de esas actuaciones, no por el cargo de presidente de la asociación si no por la dirección musical durante los espectáculos, ya que él es músico profesional.
Al hilo de esto buscamos la formula para que esta persona cobre ese porcentaje de la asociación de forma legal. Existen cooperativas de artistas donde te realizan todos los trámites necesarios para la contratación, pero aquí la primera cuestión, ¿Al cobrar al ayuntamiento una factura con IVA y la asociación pagar ese IVA digamos del 100% de la factura expedida al ayuntamiento y declarar ese IVA, si luego el director se lleva un 40% por ejemplo, ¿tendría él que declarar otra vez y pagar ese IVA del 40%?. ¿Seria una formula aceptable para poder cobrar por ese trabajo?
¿Cómo iría el tema del IRPF? Pienso si sería la cooperativa a través de la cual ya el trabajador (director musical) le cobra ese IRPF o también la asociación lo pagaría? ¿Podrías aclararnos un poco todo este tema de IRPF? ¿Y si estaríamos pagando dos veces por lo mismo?.
Muchas gracias y un saludo.