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Consulta formulada por:
Si miembros de los órganos de representación cobran por servicios diferentes a sus funciones ¿Pueden hacerlo con cargo a subvenciones?
06.07.17
Hola,
En el apartado quinto del artículo 11 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 marzo, reguladora del Derecho de Asociación pone “5. En el caso de que los miembros de los órganos de representación puedan recibir retribuciones en función del cargo, deberán constar en los Estatutos y en las cuentas anuales aprobadas en asamblea”.
En el caso de que los miembros de los órganos de representación cobren por la realización de servicios diferentes a las funciones que les corresponden, ¿cuales son las condiciones? ¿Tiene que aparecer en los estatutos? ¿Puede ser con cargo a subvenciones públicas?
Se trata de una asociación que no es de utilidad pública.
Gracias de antemano.