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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

Si denuncian al AMPA ¿Se puede declarar a la asociación en quiebra, insolvente o similar?

29.05.15

Hola,

Pertenezco a una asociación de madres y padres (AMPA). Desde finales del mes de Octubre, este AMPA tiene una nueva Junta Directiva, siendo la única lista de padres que se presentaba.

Existe un contrato “blindado”, firmado hace ya 2 años. por el cuál hasta el curso 2015-2016, todas las actividades deportivas (más de 600 niños al mes en en 7 actividades diferentes: piscina, fútbol, judo …) serán impartidas por una determinada empresa y sólo se podrá anular en caso de acuerdo por ambas partes. El contrato está valorado aproximadamente en 200.000 euros.

En este curso 2014-2015, mes de febrero, en la actividad de piscina, no se aplicaba el horario establecido por parte de la empresa gestionadora, dando menos tiempo de clase. Por ese motivo, la Junta del Ampa, primero por whatsapp y después por burofax, dio por rescindido el contrato con esta empresa.
Se cambió la empresa de piscina y sólo se avisó a los padres afectados por este cambio. El resto de padres en ningún momento hemos tenido noticias sobre este tema.

Mientras, entre bambalinas, la Junta ha decidido contratar una empresa “fantasma” y realizar con esta empresa de nuevo un contrato blindado con una duración de 2 años. Decimos “fantasma” porque no se nos ha comunicado el nombre desde marzo que se anunció (como digo sólo a los padres de deportivas) que se contrataba otra empresa.

La empresa envió un burofax al AMPA indicando que consideraba nula la rescisión y que denunciaría a esta asociación si no recapacitaba antes del 31 de Mayo. Este tema se comunicó a los padres por los monitores de estas actividades, repito que los padres en ningún momento hemos sido informados. Ante las quejas de los padres, se convocó en Abril una reunión de la que sólo fueron invitados padres de deportivas en la que se les dijo que se fiaran de la nueva empresa (sin decir el nombre de la misma) y que en todo momento han actuado de forma legal y consensuados con el resto de coordinadores (este último punto no es cierto ya que los coordinadores, al igual que los padres, desconocían el nombre y proyecto de la nueva empresa).

Ante este hecho, se han recogido más de 160 firmas para solicitar la convocatoria de una Asamblea Extraordinaria en la que todos los padres seamos informados de las consecuencias de la denuncia interpuesta por la anterior empresa y además poder decidir si se rescinde o no el contrato con la anterior empresa o bien se decide continuar con ella solucionando las incidencias existentes en 1 de las actividades que imparte).

Se remitió un burofax al AMPA y la Presidenta diciendo que no lo recibió, se negó a convocar la Asamblea sin dar motivos justificados. Se contactó con la FAPA, la cuál habló con la presidenta y nos dijo que presentáramos físicamente el burofax y una copia de las firmas y que se convocaría la Asamblea ya que éso había acordado con la Presidenta. Ésto se ha realizado el 14 de Mayo.

El AMPA ha convocado la Asamblea el día 01 de Junio con el siguiente Orden del día, textualmente:

“Citamos, a continuación, los puntos del Orden del día que principalmente se tratarán en esta Asamblea.

1º) Información sobre la renovación y altas en las actividades extraescolares 2015-2016
2º) Presentación del proyecto de Actividades deportivas para el próximo curso.
3º) Información final sobre la rescisión del contrato con Dynamic.
4º) Ruegos y preguntas. “

Es evidente que la sensación de que existen intereses económico es palpable y que además se nos intenta manipular a los padres convocando la Asamblea una vez ha finalizado el plazo dado por la empresa para poder continuar con el contrato vigente.

Nuestras dudas son:

1 - Si nos denuncia por una cuantía digamos de 50.000 €, perdemos el Juicio y el AMPA tiene que pagar estos 50.000€… ¿se puede declarar el AMPA en quiebra, insolvente o algo similar?

2 – ¿Qué consecuencias tiene para el AMPA y las actividades que gestiona al declararse insolvente, en quiebra…?

3 – ¿Quién puede tomar la decisión de declararse insolvente? ¿La Junta? ¿Necesita consultarlo a los socios o lo puede hacer unilateralmente?

4 – Según los estatutos la Junta debe renovarse cada año, ya que se elige para el año escolar. Normalmente se convocan elecciones en octubre. La pregunta es ¿se podrían convocar a partir del 19 de Junio que es cuando finaliza el curso escolar? ¿Es decir para el 22 de Junio, por ejemplo? ¿O antes del 19 con validez para el próximo curso.?

5 –¿Según los estatutos ¿pueden los padres pedir en la Junta Extraordinaria, en ruegos y preguntas solicitar que en una semana o dos se convoque otra Junta para votar una nueva Junta? Si es así, qué hay que hacer y qué pasos según los estatutos debemos seguir para convocarla

6 – ¿Si existieran pruebas de que la Junta pueda estar actuando de mala fé o con engaños, sería posible destituirla? ¿Qué habría que hacer? Qué se necesitaría

7 - ¿Es legal que la Junta pida a los coordinadores de actividades que voten entre dos empresas sin decir nombres, partida económica etc. para elegir una empresa y además antes de que una de ellas exista, es decir esté registrada? ¿Qué se podría hacer si esto fuese así?

Gracias por su atención.

Saludos,
María.

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