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Consulta formulada por:
¿Se pueden convocar las elecciones a la Junta Directiva 15 días antes de la fecha en que finalizaba el mandato?
20.01.16
Hola,
El mandato de la actual presidencia de la asociación termina el día 29 de febrero. La persona que ostenta este cargo desde hace meses no aparece por la asociación.
Conforme a nuestros estatutos hemos convocado el resto de miembros de la junta directiva (superamos el 50%) una reunión de junta para convocar asamblea general y elecciones.
Se ha enviado la convocatoria a todos los miembros de la junta pero la presidencia no ha aparecido.
Visto lo cual, hemos levantado acta de la junta, explicando la ausencia de la presidencia, habiendo sido convocado en debida forma y hemos convocado asamblea general donde uno de los puntos del orden del día sería elecciones a la Junta Directiva.
Las preguntas son las siguientes:
1.- ¿Esa acta de la Junta Directiva la puede firmar quien ostenta la vicepresidencia?
2.- ¿Se pueden convocar las elecciones a la Junta Directiva 15 días antes de la fecha en que finalizaba el mandato? O ¿Habría que esperar a que pase el 29 de febrero para la convocatoria?
Este último punto es para nosotros muy importante, necesitando arreglar y poner en orden todo lo antes posible puesto que con la ausencia de la presidencia nos encontramos en una situación de absoluto bloqueo que no podemos seguir manteniendo más.
Muchas gracias y quedamos a la espera de sus orientaciones.