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Consultas Online

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Renuncia del Secretario de la asociación

16.03.25

Hace 5 meses creamos la asociación, somos 4 socios fundadores, presidente,secretario, vicepresidente y Tesorera. Además 4 socios de número.
El secretario por motivos de trabajo y de no poder dedicarle el tiempo a la asociación quiere renunciar y que busquemos a otra persona. Cuestiones:
Puede renunciar sin haber pasado un año?
Debe presentar renuncia por escrito o vale un email a la asociación.
Debe aprobarse en una junta?
Modificación de Estatutos?
Gracias

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Respuestas

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#1

Aportada por:

MANUEL NARANJO ALVAREZ

Especialista en contabilidad y fiscalidad www.enl-asesorat.es

Trabaja en:

Asesor particular

20.03.25

Buenas tardes.
Estas cuestiones deberían estar indicadas en vuestros estatutos (forma de acceder a los cargos, y formas de salir)
En general cualquier persona puede renunciar a un cargo, sin tener que aludir causa alguna puesto que se tratan de cargos voluntarios.
Salvo determinadas cuestiones, no es necesario que lo apruebe la junta, lo que si debe aprobar la junta directiva es el nombramiento del nuevo secretario. No es necesario modificar los estatutos. Los estatutos no son nominativos (no se designan nominalmente los cargos), por lo que no debéis hacer nada en ese sentido.

La renuncia se puede realizar por cualquier medio, escrito o digital. El correo no es la forma más adecuada puesto que no garantiza ni el origen de este, ni veracidad de la información.

Mi recomendación es que os mande la renuncia por escrito (con firma digital sería válida) y que ese documento os lo mande por correo.

Como medida de buenas prácticas, también os aconsejo que desde la Presidencia de la JD se acuse el recibo de la renuncia mediante escrito y se lo dirija al Secretario saliente, cerrando así el procedimiento.

La JD debe nombrar nuevo secretario a la mayor brevedad posible, de acuerdo a lo que establezcan sus estatutos. Igualmente si no se constituye nuevo secretario, o hasta la fecha de la nueva designación, en las reuniones que se convoque a la JD, el secretario será la persona de menor edad de los que componen la JD.

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