Consultas Online
Consulta formulada por:
Renovación de estatutos
03.06.21
Hola,
¿Hay que renovar los estatutos de la asociación si no ha habido ninguna modificación ni tampoco cambios en la junta directiva? No hemos hecho asamblea por motivos Covid. En caso de tener que renovarlo, ¿cómo se hace?
Muchas gracias.
Respuestas
Aportada por:
Facilitadora en implantación de sistemas de calidad y elaboración de proyectos.Asesoría colaborativa y recursos formativos en www.conlaborsocial.com
Trabaja en:
Asesor particular
03.06.21
Hola Juncal, si no ha habido ninguna modificación, no es necesario como bien dices, cambiar los estatutos.
Igual no he entendido algo de tu consulta, pero si hay algún motivo porque los estatutos vigentes han de ser cambiados y reprobados, deben pasar por asamblea (votados y aprobados) y después llevados al registro correspondiente.
No sé si lo que queríais era llevar a estatutos precisamente el estado de excepcionalidad tipo pandemia, pero lo que podéis hacer para no tener que modificarlos, es redactar un reglamento interno que contemple estas situaciones, y modos alternativos de realizarlas. Muchas asociaciones están optando ya por hacerlas por videoconferencia.
Si en vuestro caso no es posible, claro que es importante intentar hacerla cuanto antes aunque se haya pasado la fecha, y reflejar en el acta por qué no se hizo en su momento.
Perdona si tu pregunta iba enfocada a otro tipo de respuesta que no he entendido.
Vuelve a preguntar sin problemas si te quedan dudas.
Un saludo y suerte
Aportada por:
SOMOS Agencia Comunicación y Consultoría Social
Somos Comunicación y Consultoría Social www.startidea.es
Trabaja en:
Asesor particular
03.06.21
Buenas tardes Juncal.
Estoy totalmente de acuerdo con la compañera y por completar y tratar de dar más respuesta a tu consulta. Hay que tener claro que la composición, renovación o cambios en los miembros de la Junta Directiva de una asociación es un proceso independiente a la “renovación”, o mejor dicho revisión de los estatutos. Lo normal es que lo que se produce de modificaciones en la Junta Directiva se lleva a cabo mediante acta de asamblea y presentándose en el registro correspondiente. Es decir, un cambio en los miembros de una Junta Directiva no implica como tu llamas ‘renovación’ de los estatutos. Ni los estatutos tienen “caducidad”, otro asunto es que por los cambios sociales que se producen en nuestra sociedad, la propia actividad de la asociación, se vea necesaria llevar a cabo una profunda revisión de los estatutos.
Te recomiendo, como dice mi compañera Nieves, que convoquéis asamblea de socios por la situación de excepcionalidad. No estamos encontrando con entidad del tercer sector que con esta situación de pandemia las asambleas están siendo incluso más productivas y ricas por el matiz digital y comodidad de asistir a las mismas.
No dudes en preguntar cuanto necesites.
Saludos