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Consulta formulada por:
¿Qué son las subvenciones nominativas?
15.06.10
Quería saber si podríais aclararme el término subvenciones nominativas
Muchas gracias
Respuestas
Opinión anónima
18.06.10
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en sus artículos 9.2 Con carácter previo al otorgamiento de las subvenciones, deberán aprobarse las normas que establezcan las bases reguladoras de concesión en los términos establecidos en esta Ley 22.2. Podrán concederse de forma directa las siguientes subvenciones: a. Las previstas nominativamente en los Presupuestos Generales del Estado, de las comunidades autónomas o de las entidades locales, en los términos recogidos en los convenios y en la normativa reguladora de estas subvenciones. b. Aquellas cuyo otorgamiento
o cuantía venga impuesto a la Administración por una norma de rango legal, que seguirán el procedimiento de concesión que les resulte de aplicación de acuerdo con su propia normativa. c. Con carácter excepcional, aquellas otras subvenciones en que se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su convocatoria pública. así como los artículos 28, 30 y siguientes de la citada Ley.
Opinión anónima
18.06.10
En tiendo que son subvenciones prevista en los presupuestos de una institucións oficial.
Por ejemplo, si una diputación provincial apoya la labor de una asociación pro-discapacitados, que gestionan una escuela-taller y una residencia, con unos gastos anuales muy elevados, para asegurar la estabilidad y facilitar los pagos (y evitar discrecionalidades), se incluye en el presupuesto de la institución la referencia de:
- Transferencia a la asociación XXXXX
Es una cosa ideal para la asociación, pero que precisamente por la estabilidad que proporciona, las administraciones son muy renuentes a poner en práctica.
Ánimo con vuestra labor.
Aportada por:
Trabaja en:
Asesor particular
18.06.10
Estimada Sra. :
El artículo 65 del Reglamento de Subvenciones (R.D. 887/2006, de 21 de julio) define a las subvenciones nominales como aquéllas cuyo objeto, dotación presupuestaria y beneficiario aparecen determinados expresamente en el estado de gastos del presupuesto.
Saludos
Miguel Ortiz
Aportada por:
Teresa Ferraz Hermoso de Mendoza
Abogada
Trabaja en:
Asesor particular
18.06.10
Hola
Artículo 65 del Reglamento General de la Ley General.
Gracias
Teresa