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Consultas Online

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Consulta formulada por:

Natalia Herce Azanza

¿Qué hacer para que nuestra asociación no tenga responsabilidad en caso en que el trabajo no satisfaga a quien lo recibe?

05.08.16

¡Hola!

Tenemos una persona voluntaria que se ofrece a hacer un trabajo profesional concreto (análisis económicos en este caso, pero nos imaginamos que pudiera pasarnos con otro tipo de trabajos), pero no quiere cobrar ella por ese trabajo, sino que lo que ofrece es que la persona a la que le haga el trabajo, haga un donativo a nuestra asociación, por una cantidad ya fijada (90 € es el caso concreto que tenemos ahora).

La persona que hace el trabajo no ganaría nada económicamente hablando, pero sí el sentirse bien colaborando con nuestra asociación. Quien reciba el trabajo, “pagaría” por él, pero entendemos que al hacerlo en forma de donativo a nuestra asociación, podría desgravarse. La responsabilidad del trabajo realizado quedaría claro que es de quien lo hace, no de nuestra asociación por recibir un donativo a cambio de ese trabajo.

Nuestras dudas son:

  • ¿Esto es legalmente posible? ¿Cómo habría que atarlo para que nuestra asociación no tengamos responsabilidad alguna sobre un posible trabajo que no satisfaga a quien lo recibe?
  • ¿Habría alguna diferencia en el caso de que la persona voluntaria estuviera dada de alta como autónoma, o regulada de alguna forma la actividad profesional que oferta, y que es ajena a su trabajo habitual como contratado en una empresa? (el caso que tenemos es de una persona que trabaja por cuenta ajena haciendo otras cosas, pero quiere poner sus conocimientos al servicio de nuestra asociación de esta forma).
  • ¿La legalidad al respecto afectaría a toda España por igual o dependerá de competencias en Hacienda? (por saber si la situación sería diferente en Navarra, Aragón y Madrid).

Muchas gracias.

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