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Consulta formulada por:
¿Puede celebrarse una Asamblea General Extraordinaria en menos de 15 días por tratarse de un tema urgente?
18.10.17
Hola,
¿Puede celebrarse una Asamblea General Extraordinaria en menos de 15 días, por tratarse de un tema urgente celebrarla en dos o tres días?
El plazo de 15 días que marca la ley sólo es aplicable a las Asambleas Generales, o también a las reuniones que mantiene la junta directiva de una asociación inscrita y constituida legalmente?.
Gracias
Respuestas
Opinión anónima
20.10.17
La Ley Orgánica del Derecho de Asociación establece que debe mediar un plazo de 15 días entre la convocatoria y la realización de la Asamblea (sin especificar ordinaria o extraordinria).
Para ver si es aplicable otro plazo habría que mirar en primer lugar si existe norma autonómica que establezca uno distinto. En segundo lugar habrá que mirar si los estatutos disponen algo concreto.
Si nada se dispone (plazo mayor o superior), habrá que respetar subsidiariamente lo establecido en la ley.