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Consulta formulada por:
¿Podríamos alquilar algún bien de la asociación con el fin de sacar fondos para nuestras actividades?
10.02.10
¿Podríamos alquilar algún bien de la asociación con el fin de sacar fondos para nuestras actividades?
¿Qué pasos debemos seguir o que “contrato” debemos hacer para poder hacerlo?.
Gracias.
Respuestas
Excelente
Aportada por:
Fundación ARSIS
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Asesor particular
10.02.10
Pablo, si el inmueble es de propiedad vuestra, claro que podéis alquilarlo, todo o una parte. Podéis generar ingresos propios a partir de vuestros bienes o mediante venta de productos y servicios para cubrir los gastos de vuestros proyectos sociales, es una buena forma de hacerlos sostenibles y ganar autonomía.
Deberéis suscribir con el arrendatario un contrato de alquiler, según contempla la ley. Un abogado o gestor amigo os puede ayudar a redactarlo; también podéis encontrar modelos en Internet, buscando en google. Además del contrato, con todas sus cláusulas, tendréis que emitir unos recibos mensuales al arrendatario, donde se desglosen el IVA y el IRPF, que actualmente es de un 19 %.
Antes de hacer nada, aseguraos que quien os va a alquilar el espacio es de fiar, solvente, que hay buen trato con él/ellos y que todos los términos quedan bien claros, para evitar problemas o apropiaciones y usos indebidos del lugar.
Saludos,
Montse de Paz
Excelente
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
Trabaja en:
Asesor particular
13.02.10
Estimado Pablo: en relación con la consulta planteada, paso a informarle lo siguiente: en primer lugar, estoy totalmente de acuerdo con lo que le traslada mi compañera de portal Montse sobre el arrendamiento de algún bien de vuestra entidad asociativa. Únicamente, resta añadir a lo dicho por mi compañera que, con carácter previo al otorgamiento de un contrato de arrendamiento de local de negocio, se necesitará, como regla general, la aprobación de dicho arriendo por parte de la Asamblea General de Rumbo Guadalquivir, salvo que los Estatutos de la misma contemple un órgano distinto para dicha aprobación y, por supuesto, todo ello, conforme a la normativa establecida al efecto en materia de asociaciones.
Un cordial saludo y buena suerte.
Rafael Pérez Castillo.
Respuesta del participante:
12.03.10
Nosotros no queremos arrendar un local si no otro tipo de bienes como bicicletas y visitas guiadas.
Gracias