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Consulta formulada por:
¿Los ayuntamientos suelen ceder locales a entidades?
27.05.10
Somos una asociación de mujeres, de nueva creación, de un municipio de unos 7.000 habitantes. ¿Nos aconsejáis solicitar al ayuntamiento un local o centro de reunión fijo para la realización de nuestras actividades y la ubicación de nuestra entidad?.
Muchas gracias
Respuestas
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Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
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Asesor particular
29.05.10
Aportada por:
Funcionario de la Junta de Andalucía. Abogado no ejerciente. Doctorando en Derecho.
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Asesor particular
29.05.10
Certificación del Secretario de la Corporación en la que conste que los bienes figuran en el inventario aprobado por la Corporación con la antedicha calificación jurídica.
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Tecnica Proy. Sociales. Evaluacion Pol. Pub. Coord. entidades. Sociologa. 3 sector y consultoria
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Asesor particular
30.05.10
Me gustaria añadir, a pesar de lo complento de la respuesta anterior que no solo es legal, sino que esta practica es realizada por frecuencia. Las asociaciones suelen crear sus estatutos en casa de uno de los miembros de la junta constitutiva, poniendo en la documentaicon la direccion de este. No obstante, en los diferentes documentos que se rellenan habitualmente veras que existen dos terminos, domicilio y domiclio social. El domicilio social es en muchos casos el local que ha cedido el ayuntamiento a la entidad.
algunos apuntes mas sobre este concepto:
- El local puede ser compartido entre diferentes asociaciones, quedando por cuenta de estas la distribucion de espacios y tiempos de utilización. Esto tiene que quedar claro desde el principio entr ambas partes y, preferentemente por escrito
- en relacion a los gastos corrientes y de funcionamiento los gastos correran por quien hallan acordado ambas partes. Generalmente, cuando el ayuntamiento cede a la asociacion un local que no utiliza, los gstos corren por parte de esta, mientras que si os ceden un despacho o depencencia en edificio publico corren por parte de ellos.
- es importante firmar un documento acreditativo de ellos. las razones son varias, desde evitaros problemas en el futuro hasta justificar en proyectos para subvenciones o gastos generales el usufructo del local.
- si aun teneis pendiente reuniros con el ayuntamiento para explicarles esto, no vendedle la idea exclusivamente como un favor que ellos os podrian hacer. El favor es mutuo y el ayuntamiento se beneficia tanto de cederos el local como vosotros de aprovecharlo.
Un saludo
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Protectora de animales y plantas
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Asesor particular
31.05.10
NORMALMENTE SI, TODO DEPENDE DE QUE DISPONGAN O NO DE ELLOS. EN TODO CASO HAY VECES QUE UN MISMO LOCAL LO PUEDEN COMPARTIR DOS ASOCIACIONES. TAMBIÉN EXISTE LA POSIBILIDAD DE QUE OS DEJEN UN LOCAL EN ALGUNA DE LAS DELEGACIONES DE DISTRITO, AUNQUE SOLO SEA PARA UTILIZARLO DURANTE UNOS DIAS Y HORAS CONCRETOS.