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Consultas Online

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Consulta formulada por:

INPAVI García Córdoba

¿La declaración de utilidad pública de un ayuntamiento a una ONG, sustituye a la del Ministerio?

28.08.09

Nuestra entidad es de ámbito nacional, y tiene 4 delegaciones. Sabemos que algunos ayuntamientos dan la categoría de utilidad pública a asociaciones, ¿éste sustituye a la que el Ministerio otorga?.


También queremos saber que si al ser una entidad de ámbito estatal y estar presentes en varias comunidades autónomas, debemos registrarnos a nivel estatal y autonómico o sólo al estatal.


Muchas gracias.

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Respuestas

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#1

Opinión anónima

01.09.09

La declaración de utilidad pública sólo la pueden realizan el ministerio de Interior, y aquellas autonomías que tengan esa competencia por Estatutos o por transferencia desde el gobierno central, por lo que hasta donde yo llego no es posible que un ayuntamiento otorgue esa categoría.

Podrá otorgar títulos o certificaciones de nombre similar o que se le parezca, pero no la “declaración de utilidad pública”.

En cuanto a en que registrosa debeis estar, si vuestra entidad tiene por Estatutos ámbito estatl, ya teneis que estar inscritos en el Registro de Asociaciones del Ministerio del Interior, y no podeis inscribiros en los registros autonómicosa de asociaciones; unicamente podreis inscribiros y es recomendable en los registros autonómicos específicos del ámbito sectorial de la asociación, por ejmplo: registro autonómico de acción social, o de ayuda a discapacitados, etc.

Un saludo solidario.

solucionesong.org
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