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Consulta formulada por:
¿Hay que tener un permiso especial para vender lotería de Navidad?
28.02.13
Hola,
Desearía saber si se debe de tener algún permiso especial para poder vender lotería por navidad.
Muchas gracias.
Respuestas
Opinión anónima
01.03.13
¿ Se trata de vender números de lotería o de vender participaciones de números de lotería con recargo para obtener fondos para una asociación?
Si se trata de vender números de lotería estrictamente, esto sólo lo pueden hacer las entidades autorizadas entidades autorizadas, es decir, las administraciones de lotería y sus agentes.
Contravenir esta norma es una infracción grave; si bien es cierto que en pequeña escala Hacienda es permisiva; así, en muchos bares y cafeterías de pueblos se ven billetes de lotería que el dueño del bar revende y solicita una donación (un 10-15%), normalmente para realizar las fiestas de la localidad.
En cuanto a vender participaciones con recargo, tampoco se necesita un permiso especial, pero si un control exhaustivo de modo que sólo se impriman (y en especial se vendan) las participaciones que correspondan a los billetes y números que realmente se tengan. La experiencia da ejemplos desagradables de entidades que por error o avaricia cometieron fraude en este asunto y se trata de una infracción grave.
Respuesta del participante:
01.03.13
Hola Xosé María,
Voy a centrar un poco más la consulta: trabajo en una Ong que recauda fondos en navidad vendiendo papeletas con un pequeño recargo (el 20%) a modo de donativo para financiar parte de sus proyectos. Estas navidades, un colaborador perdió medio talonario, por lo que llamé a las oficinas de Loterías y apuestas del Estado de manera anónima, para ver como se resolvía este asunto y me preguntaron si tenía licencia. No quise profundizar más ya que en nuestra asociación, no tenemos, ni ta siquiera nuestro lotero nos ha indicado nunca que deberíamos de tener algún documento. Estamos hablando de vender las papeletas de manera adecuada, no de manera fraudulenta. Gracias.
Respuesta del participante:
01.03.13
Valga decir que finalmente, el colaborador encontró el medio talonario y por suerte, no tuvimos que hacernos cargo del gasto que hubiéramos tenido que asumir.
Opinión anónima
06.03.13
Paola Jubert Montaperto
Directora Fundació Jubert Figueras
Nuestra fundación ha vendido participaciones de lotería para recaudar fondos en dos ocasiones. En las dos hemos rellenado un impreso de la Delegación de Economía y Hacienda en el que se informa del nº de lotería adquirido, el recargo en las participaciones ( máximo 20%), en qué administración de lotería se va a adquirir y en qué entidad bancaria se deposita. Al cabo de una semana hemos recibido la autorización del Ministerio. Es sencillo.