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Exenciones fiscales
22.02.24
Un trabajador social nos va a cobrar 500 eur por unas charlas, a ver si lo entendemos bien.
1º El o está daddo de alta de autónomo, pero entendemos que no hay problema, ya que la cantidad es inferior a 3000 eur y no es una actividad habitual.
2ºEl nos emitirá una factura con una retención del 15% en concepto de IRPF.
Por un lado, hasta aquí todo correcto? Cómo se practica esa retención, cómo se la ingresamos nosotros a hacienda, con qué formulario? Hay que tener en cuenta que somos una entidad que no hace declaración a la AEAT.
Los servicios de asistencia social están exentos de IVA, el diseño de un programa de atención a discapacidad, para un autónomo que posteriormente lo pondrá en marcha, lleva o no el iva? No nos queda claro porque nosotros se lo vendemos al autónomo, que posteriormente él venderá a los destinatarios finales