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Consultas Online

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Consulta formulada por:

ONG en el anonimato

¿Estamos realizando correctamente estas cuestiones fiscales?

04.01.18

Hola:

Somos una asociación sin ánimo de lucro, no declarada de utilidad pública, donde nuestra actividad se basa en poner en contacto a interesados en recibir clases de inglés y a interesados en dar las mismas. Los alumnos son personas que tienen pocos recursos demostrables (normalmente no pueden permitirse pagar las tarifas estándar que hay en el mercado), pagan mediante transferencia a la asociación, y esta paga la gran parte a sus profesores, quedándose un pequeño margen para sufragar los gastos de la asociación (publicidad, dietas y transporte de actividades, web, etc.). Nos han surgido varias dudas sobre la actividad fiscal de nuestra asociación:

- Trimestralmente estamos abonando las retenciones aplicadas a los trabajadores, a través del modelo 111, algunos con un 2%, otros con un 7% y la mayoría con un 15%:

¿La asociación tiene que aplicar un % de retención concreto? O bien, ¿estamos actuando correctamente y abonando los % de retención que los profesores nos emiten en sus propias facturas?

En el caso que estemos actuando incorrectamente y la asociación tiene que aplicar un % de retención concreto, ¿dónde podemos encontrar la información al respecto?

Hemos tenido varios casos donde los profesores nos entregan sus facturas para recibir sus cobros sin retención. ¿Sería correcto pagarles sin aplicar dicha retención?

- Según la tabla de epígrafes de I.A.E., nuestra actividad estaría englobada en la sección 2, división 8, agrupación 82: ENSEÑANZA. Según la misma entendemos que hay que darse de alta, a través del modelo 036 marcando la casilla 111 (Alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores), pero no hay que pagar I.A.E., ¿correcto?

- Entregamos varios modelos 036, con las casillas marcadas correspondientes a la obtención del CIF: primer lugar casilla 110 y posteriormente 120. Además se entregó un nuevo modelo 036, con las casillas 111 (anteriormente citada), junto a la casilla 131, para acceder a los apartados referentes al IVA y marcar SI en la casilla 501, cuya cuestión es: ¿Realiza exclusivamente operaciones no sujetas o exentas que no obligan a presentar autoliquidación periódica (art. 20 y 26 Ley IVA)?, junto a la casilla 502, reflejando la fecha de inicio de actividad. Y en el apartado de impuesto de sociedades me surge la duda, pero cumplimentamos que somos una entidad exenta parcialmente, por el artículo 90.3. ¿Faltaría por cumplimentar alguna otra casilla adicional en el modelo 036 en base a la actividad que anteriormente he detallado?

Muchas gracias por vuestra ayuda.

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