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Consulta formulada por:
Francisco Javier Merino Domínguez
Envío de medicamentos a Perú a través de voluntarios
27.05.10
¿Cómo podríamos saber qué cantidad de medicamentos puede llevar consigo un voluntario que se traslada a Perú?. ¿Podría tener problemas en el aeropuerto por ello?
Gracias
Respuestas
Muy buena
Aportada por:
Berta Liliana Brusilovsky Filer
Arquitecta, urbanista, cooperación internacional
Trabaja en:
Asesor particular
27.05.10
Estimado Francisco Javier
Es la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios quien tiene la potestad de dar autorizacion para sacar medicamentos del pais, con ellos os debeis comunicar y llenar los formularios correspondientes.
Un saludo
Berta Brusilovsky Filer- www.acciondesarrolloigualdad.org
Notificación de exportación de medicamentos, productos intermedios de medicamentos, productos a granel de medicamentos, registrados en la AEMPS
El artículo 63, apartado 1, de la Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios señala “que las personas físicas o jurídicas que se dediquen a la fabricación de medicamentos o a cualquiera de los procesos que ésta pueda comprender, incluso los de fraccionamiento, acondicionamiento y presentación para la venta, deberán estar autorizadas previamente por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios. Esta autorización será asimismo necesaria para la importación y comercialización de medicamentos e incluso para el supuesto de que el medicamento se fabrique exclusivamente para su exportación.”
La circular 1/2008 (Comercio exterior de medicamentos) de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios regula la exportación de Medicamentos de uso humano terminados registrados en España, sus productos intermedios o sus graneles.
Su exportación se notificará por el titular de la autorización de comercialización del medicamento, un laboratorio farmacéutico autorizado por el titular para exportar un medicamento en concreto o el almacén distribuidor a la Subdirección General de Inspección y Control de Medicamentos, 10 días naturales, o 3 días hábiles en el caso de que la notificación se realice electrónicamente antes de ser llevada a efecto, de acuerdo con el Anexo IV.
Para el despacho por los Servicios de Inspección Farmacéutica de Géneros Medicinales de las fronteras del medicamento objeto de la notificación de exportación deberá aportarse fotocopia de dicha notificación, así como exhibir el original de la misma a los efectos de su control por la autoridad inspectora competente.
Excelente
Aportada por:
Berta Liliana Brusilovsky Filer
Arquitecta, urbanista, cooperación internacional
Trabaja en:
Asesor particular
27.05.10
Perdon se me olvido daros los datos de contacto
Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios
Parque Empresarial Las Mercedes, edificio 8
C/ Campezo 1
28022 Madrid.
Teléfono: 902510100 Correo electrónico
Un saludo
Berta
Opinión anónima
27.05.10
Los medicamentos, estan abiertos o cerrados? Habeios pensado en realiar un proyecto conjunto o de colaboracion con Medicos Sin Fronteras para que no tengais problemas en el Aeropuerto y al mismo tiempo os asesoren sobre estos medicamentos, deeis de pensar que hasta las simples aspirinas a unas personas les hacen bien y a otras pueden resultarles muy dañinas.
Opinión anónima
27.05.10
Estimado amigo:
La cantidad de medicamentos que puede llevar una persona en su equipaje de mano legalmente es unicamente la necesaria para ella misma. Pero incluso en una frontera (o antes de subir al avión) podría requerirse un informe médico que certifique los medicamentos que lleva esa persona son para su uso personal, si bien no suele ser habitual. Si se llevan más medicamentos, entramos ya en terrenos más inseguros, y discrecionales por parte de quien haga los controles. Por supuesto, no se deben llevar medicamentos en estado líquido, inyectables, y mucho menos psicotropos o estupefacientes. Un simple Valium puede dar origen o muchos problemas..
Con cierta frecuencia se portan de forma digamos que "alegal" medicamentos en la maleta, y no suele haber problemas. ¿Qué cantidad? Pues lo que cabe en una maleta pequeña; por tanto no más de 5-10 kg, teniendo en cuenta que los medicamentos suelen pesar poco, y que esa cifra de suele comportar un volumen importante. En todo caso, te recomiendo que sea en la maleta que se factura y va en la bodega de carga, no en la que se lleva como equipaje de mano, pues ese equipaje en la salida de España va a pasar el escaner, verse el contenido y empezar algún problema. Si se factura, es raro que sea inspecionado en la salida.
En todo caso, es convenientea acompañar a los medicamentos una carta-declaración por parte de la ONG que los envía, detallando la lista de los medicamentos incluídos e indicando que se trata una donación humanitaria y por tanto sin valor comercial.
Portar más de esa cifra es arriesgarse. Los medicamentos en determinados países son un bien escaso y caro, y pueden exigiros pagar un arancel por introducirlos en el país, o simplemente quitároslos.
Si ya pensais en enviar cantidades de varias decenas de quilos, debeis acudir a ONG especializadas en distribución de medicamentos, como FARMAMUNDI —> www.farmamundi.org (no a MSF, como indicaba una de las respuestas, pues no se dedican a estas cosas), que ya harán el proceso totalmente legal, con solicitud de exportación a la Agencia Española de Medicamentos como indicaba la otra respuesta.
!Ánimo con vuestra labor!
Opinión anónima
28.05.10
Opinión anónima
28.05.10
Opinión anónima
28.05.10
p) Un (1) aparato de vídeo juego electrónico doméstico portátil.
Opinión anónima
28.05.10
v) Hasta tres (3) litros de licor.
Respuesta del participante:
Francisco Javier Merino Domínguez
06.06.10
La duda fue resulta perfectamente.
Un saludo y muchas gracias.