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Consulta formulada por:
Dudas sobre la exencion del IVA
16.11.07
Somos una asociación sin ánimo de lucro, no de utilidad pública. Se nos ha concedido la exención segun el artículo 20 dela ley 37/1992, punto 12 apartado primero. Desearía que me explicaseis detalladamente que requisitos debo de reunir para que me den la exención del punto 8,6 y 14.
Tambien desearía saber si una única actividad realizada en el año, como es la prestación de un servicio a un Ayuntamiento (socio de nuestra asociación) en la que no se obtiene ningún beneficio, sino que solo se cubren gastos consistentes en una actividad de dinamización de la comarca, si debemos facturarles con IVA o no.
Gracias por vuestra ayuda.